Defensoría de la Niñez tras revés judicial de Karla Rubilar: "La difusión pública de imágenes de niños y adolescentes no debiera ejecutarse"

Patricia Muñoz, Defensora de la Niñez. Foto: Agencia Uno.

Ayer, el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago declaró inadmisible la querella presentada por la intendenta de la RM en contra del presidente del Centro de Alumnos del Instituto Nacional y criticó la divulgación, por parte de la autoridad regional, del rostro y la información de la cuenta del estudiante.


La defensora de la niñez, Patricia Muñoz, se refirió esta mañana al revés judicial que sufrió la intendenta Karla Rubilar, luego de que el Séptimo Juzgado de Garantía declarara inadmisible la querella que presentó en contra del presidente del Centro de Alumnos del Instituto Nacional por el supuesto delito de amenazas en contra de la autoridad, luego de que éste publicara en su cuenta de Instagram una imagen donde otra persona le proponía como panorama "matar a Alessandri", en alusión al alcalde de Santiago.

Pero además, la resolución del tribunal realizó una dura crítica a Rubilar por haber expuesto en su cuenta de Twitter el rostro, identidad y contenido de la cuenta del estudiante. "Lo anterior debe ser analizado más aún, cuando se trata de la red social que ocupa un adolescente, que per se, se encuentra en crecimiento y desarrollo y que respecto de él, el Estado tiene una responsabilidad en el cuidado de su imagen y exposición pública indebida, lo que la querella de la Intendencia viene en exacerbar. Lo cual es particularmente sensible viniendo de una representante del Estado", agrega el escrito.

Ante esto, Muñoz indicó que aún no les llega oficialmente la resolución del magistrado Daniel Urrutia, por lo cual esperarán para ver qué curso de acción tomarán respecto de la solicitud del tribunal que ofició a la Defensoría de la Niñez para que tome conocimiento del hecho.

Sin embargo, manifestó que "nosotros siempre hemos tenido como planteamiento de manera muy clara, que la difusión pública de imágenes de niños, niñas y adolescentes no debiera ejecutarse particularmente desde las consideraciones al resguardo de su identidad, de su integridad y eso es una materia que es propia de nuestra función". 

"La difusión pública de imágenes de un niño, niña o adolescente, en contexto donde se puede favorecer conductas que perjudiquen sus derechos y el ejercicio de esto es algo que nos parece que no debe proceder y no debe realizarse, no solo por una autoridad pública, sino que por nadie", agregó.

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