Uso de la fuerza por parte de las FF.AA. en estados de excepción será “gradual”

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El 20 de octubre de 2019, en estado de excepción, los militares no contaban con un RUF. foto: patricio fuentes

Contraloría tomó razón del decreto de Defensa. Uniformados estarán regulados por nueve reglas y podrán disparar en legítima defensa o cuando atenten contra cuarteles.


Hasta ahora no había algo que normara el uso de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas (FF.AA.) en estados de excepción. Esta, según fuentes uniformadas, era una de las condiciones de los funcionarios del Ejército, la Armada y la Fuerza Aérea (Fach) para salir a controlar el orden público, en caso de que eventualmente fueran requeridas en alguna otra oportunidad.

Y el miércolesF, esta aspiración comenzó a cumplirse. La Contraloría evacuó durante la tarde la toma de razón del decreto ingresado por el Ministerio de Defensa, que definía las Reglas de Uso de la Fuerza (RUF) para las FF.AA. en estados de excepción.

Desde Contraloría explicaron que "el documento tomado razón es un decreto supremo basado en la facultad especial del Presidente de la República de disponer de las Fuerzas Armadas en estados de excepción constitucional. En consecuencia, el rol de la Contraloría General de la República fue realizar el control de legalidad, para verificar que el decreto supremo tenga sustento jurídico, y de esa forma acotar el uso de la fuerza militar durante los estados de excepción y respetar los derechos fundamentales de los ciudadanos".

Son nueve las reglas que definen el uso de la fuerza por parte de las FF.AA., siempre en estado de excepción, y donde la utilización de las armas de servicios de los uniformados sea siempre la última opción.

El decreto contempla, entre estas medidas, que el uso de las armas de fuego sea "gradual" y que solo se utilicen cuando esté en riesgo la vida de los uniformados, como también cuando los cuarteles estén siendo objeto de algún atentado u ataque violento.

En estas reglas también se contempla que siempre los uniformados deben comenzar por intentar disuadir eventuales eventos violentos.

En esos casos, contempla el decreto, el funcionario deberá primero optar por el diálogo con las personas que están haciendo los desórdenes, y si esto no funciona, optar por técnicas para disuadirlos, utilizando los elementos de los cuales disponen.

Hasta ahora, explican quienes conocieron la elaboración del RUF, el uso de la fuerza de los uniformados no estaba regulado, sino que debían actuar a discreción propia, dependiendo del escenario. Ahora tienen un marco, dado por el ministro de Defensa y el Presidente.

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