¿Crítica o golpe a la autonomía?
El gobierno debiera ser cuidadoso al momento de exponer un criterio acerca de otro órgano del Estado.<BR>

DESDE el punto de vista constitucional ¿es admisible que autoridades, especialmente las del gobierno, endosen a otros órganos estatales, aun los autónomos, cierto fracaso o la crisis que se observa en la ejecución de determinadas políticas públicas?
En las semanas recientes hemos sido testigos cómo dos autoridades del Ejecutivo se refieren públicamente al modo en que tanto jueces del Poder Judicial como fiscales del Ministerio Público ejercen sus funciones, y cómo es que en tal ejercicio no contribuyen, a juicio de esas autoridades, a controlar y a disminuir los índices de delincuencia en el país.
No creo que sea una forma sana de relacionarse entre órganos del Estado y creo que el gobierno roza con una zona de tensión constitucional al intentar en cierta medida culpar a otros entes estatales del aparente fracaso en el control y prevención de la delincuencia. Hago presente que siempre podrá ser objeto de crítica, por parte de la opinión pública y de los medios de comunicación, la actuación de cualquier organismo del Estado, e incluso puede ser legítima la crítica que provenga del gobierno, en especial si el logro de resultados positivos en materia de control de delitos no depende exclusivamente de su actuar. Pero, una cosa es la crítica, y otra muy distinta es atribuir responsabilidad por el incumplimiento de índices en materia de control de delitos en órganos diversos, como es el caso de aquellos que la Constitución define como autónomos en el ejercicio de sus atribuciones.
En general no puede corresponder ni al Poder Judicial ni al Ministerio Público hacerse responsables del eventual éxito o fracaso de determinadas políticas públicas, ni aun de aquellas que en alguna medida se vinculan con sus atribuciones. En efecto, la prevención de los delitos (en la que agrego un adecuado sistema carcelario), no es responsabilidad ni del Poder Judicial ni del Ministerio Público, como tampoco lo es de los Tribunales el abastecimiento de pruebas robustas como para mantener a un sujeto privado de libertad y aun, ser condenado.
La autonomía de los órganos públicos, aquellos que contempla la Constitución, es una garantía que todos los ciudadanos de nuestro país debiéramos defender con intensidad, en especial si se atiende a la forma en que nuestra legislación favorece las atribuciones del Poder Ejecutivo. Por ello, el gobierno debiera ser cuidadoso al momento de exponer públicamente un criterio o sentido crítico acerca del modo en que otros órganos ejercen sus funciones.
Ojalá este episodio nos permita tener presente que existen en nuestro sistema graves defectos y uno de ellos es que el Poder Judicial no es, ni podrá ser realmente autónomo, si es que en los ascensos de sus integrantes y en el presupuesto para el ejercicio de sus atribuciones tienen tanta influencia otros poderes estatales. En las condiciones actuales, la tentación al ejercicio de presión es muy fuerte, pues se sustenta en la posibilidad de tener efectiva influencia en materias tan relevantes como las recién señaladas.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
1.
2.
3.
4.
¿Vas a seguir leyendo a medias?
NUEVO PLAN DIGITAL $1.990/mesTodo el contenido, sin restricciones SUSCRÍBETE