Dura lex, sed lex
Las buenas, e incluso extraordinarias obras de los sacerdotes, no pueden inhibir que se apliquen con rigor y justicia las normas contempladas en el Derecho de la Iglesia.<br>

EL ARZOBISPO de Santiago ha enviado a la Santa Sede la investigación realizada en contra de Cristián Precht por supuestos abusos cometidos en el ejercicio de su ministerio sacerdotal. La noticia conmovió a católicos y no católicos por la trayectoria pública del denunciado y su defensa de los derechos humanos como primer vicario de la Vicaría de la Solidaridad. Quizás ahora los sectores que se consideran "progresistas" comprendan las reacciones de incredulidad, defensa de inocencia y, más tarde, dolorosa resignación que experimentaron los simpatizantes del movimiento de la iglesia de El Bosque, al denunciarse y confirmarse los delitos cometidos por Fernando Karadima.
No se trata de jugar al "empate" entre sectores liberales y conservadores en el seno de la Iglesia. Pero sí de escudriñar los "signos de los tiempos" para intentar comprendernos mejor unos a otros. Los atentados a menores de edad o la manipulación de la dirección espiritual, denunciados en el caso Precht y condenados en el caso Karadima, traicionan la misión de pastores de los fieles que la Iglesia les confió. No pueden, sin embargo, cancelar lo bueno que han realizado a lo largo de su vida sacerdotal, cada uno en el camino por el que se sintió llamado. Así como los abusos de Karadima no anulan el bien que hizo a través de su parroquia, las vocaciones sacerdotales suscitadas y los cientos de laicos que mejoraron en su vida cristiana, las denuncias en contra de Precht, incluso si fueren comprobadas, no podrían suprimir el enorme servicio prestado a la causa de los derechos humanos ni las numerosas misiones de toda una vida entregada a la diócesis.
Así y todo, las buenas, e incluso extraordinarias obras de los sacerdotes no pueden inhibir que se apliquen con rigor y justicia las normas contempladas en el Derecho de la Iglesia. Si en cierta época se entendió que debían prevalecer la caridad pastoral o el cuidado de la fama del sacerdocio, con Benedicto XVI se ha enmendado el rumbo hacia la verdad establecida conforme a normas jurídicas. En su carta a los católicos de Irlanda (2010) es contundente en propiciar la aplicación sin contemplaciones de los procedimientos penales previstos por las leyes canónicas y colaborar con las investigaciones judiciales civiles.
Al remitir a la Santa Sede la investigación de los hechos atribuidos al padre Precht, por considerarlos verosímiles, monseñor Ezzati ha procedido conforme a derecho. Es lo previsto por las Normae de gravioribus delictis, que califican como ilícitos graves contra la moral, reservados al conocimiento de la Sagrada Congregación de la Doctrina de la Fe, los abusos de menores por parte de clérigos. La congregación debe sustanciar el proceso, incluyendo la debida defensa del denunciado y su derecho a apelar a un Tribunal Supremo. Si los abusos son probados, deben castigarse "según la gravedad del crimen, sin excluir la dimisión o la deposición".
Dura lex, sed lex, decían los romanos: la ley puede ser dura, pero es la ley. Es el criterio que cabe aplicar cuando se trata de delitos cometidos en la comunidad de la Iglesia, cualesquiera sean los méritos o la reputación pública de los denunciados.
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