Histórico

Impunidad judicial

Casos como el del hincha que asesinó a un barrista plantean cómo controlar a jueces que se apartan de la norma y al parecer la sustituyen por sus preferencias.

CONTROVERSIA está generando la decisión de una jueza de garantía respecto de no decretar prisión preventiva para el hincha confeso de haber asesinado a un barrista de Colo-Colo. Frente a esta situación, el gobierno sostuvo que se encuentra estudiando modificaciones a la legislación procesal penal vigente. Ello debe ser bienvenido; lo fundamental ahora es tener un buen diagnóstico de las falencias existentes y proponer los remedios adecuados.

Nadie duda de que la legislación procesal penal actual, aquella derivada del proceso de reforma procesal penal, plenamente vigente en nuestro país desde 2005, ha sido extraordinariamente positiva en diversos ámbitos: eficiencia en el uso de recursos, eficacia para conseguir condenas, disminución de los tiempos de los juicios, etc. También lo ha sido desde la perspectiva de los derechos fundamentales de los victimarios. Pero existen falencias.

Una de ellas y que casos como el actual -o Pitronello- suelen poner en evidencia, dice relación acerca de cómo controlar a los jueces que manifiestamente se apartan de la norma o el precedente judicial arraigado, sustituyéndolo, al parecer, por sus propias preferencias políticas, morales o culturales (si seguimos parte de la literatura norteamericana sobre comportamiento judicial).

En una reciente encuesta de opinión pública, de Libertad y Desarrollo, sobre percepción de la justicia (disponible en www.lyd.org), no sólo un 81% de los encuestados calificó el Poder Judicial en general como nada o poco confiable, sino que, entre aquellos que declararon haber participado en un juicio, un 60% evaluó el trabajo del tribunal como malo o muy malo. Asimismo, un 43% de los encuestados sostuvo que los jueces debían ser evaluados por un órgano independiente al Poder Judicial, mientras que un sorprendente 32% se manifestó favorable al control ciudadano por la vía de las elecciones. Sólo un 12% se inclinó por el actual sistema de calificación por el superior jerárquico.

Los encuestados andan cerca de lo que están haciendo los países desarrollados, donde la regla de control de los jueces es la evaluación por desempeño, la que debe considerar no tan sólo una multiplicidad de instrumentos (benchmarking, auto-evaluación, evaluación de pares, evaluación por expertos, encuestas de satisfacción de usuarios, etc.), sino que tanto indicadores cuantitativos (volumen de trabajo; complejidad de los asuntos; cumplimiento de plazos procesales; etc.), como cualitativos.

Y son estos elementos cualitativos -la evaluación del proceso de decisión judicial y de la decisión judicial misma- los que hoy están en juego en decisiones manifiestamente erróneas, como la que nos convoca. En Chile hay muchos críticos de la evaluación cualitativa; para ellos, cualquier intromisión, siquiera indirecta, en la decisión judicial implica vulnerar la independencia judicial del juez que está fallando el caso concreto. Pero basta darse una vuelta por los países Ocde (pienso en la reforma de 2002 de los Países Bajos como paradigma) para ver cómo no sólo se ha instalado la evaluación rigurosa del proceso de toma de decisiones judiciales y la decisión misma. ¿La razón? El convencimiento de que en sociedades democráticas ninguna autoridad, ni siquiera los jueces, puede estar exenta de un escrutinio exigente respecto de su labor.

¡Oferta especial vacaciones de invierno!

Plan digital $990/mes por 5 meses SUSCRÍBETE

Servicios