Las claves para entender el rol del nuevo Ministerio del Deporte
Conoce los detalles de esta nueva institucionalidad, que establece funciones específicas en relación al diseño y ejecución de las políticas deportivas.
Este lunes, el presidente Sebastián Piñera, promulgará a mediodìa la ley que crea el Ministerio del Deporte, iniciativa aprobada por el Congreso el pasado 7 de agosto y que inició su trámite legislativo el 14 de diciembre de 2011.
Y con la creación de este nuevo ministerio, entre otras cosas se pone fin a la vinculación del deporte con la Secretaría General de Gobierno, cuya función principal es la comunicación del Poder Ejecutivo y su relación con la ciudadanía.
Asimismo, con la nueva institucionalidad, el Estado tendrá un órgano con las atribuciones e idoneidad necesaria para diseñar y coordinar políticas deportivas. Esto, con relación directa -sin intermediarios- con el presidente de la República.
"Tener una institución autónoma, independiente y con recursos va a reducir la burocracia, que muchas veces era un impedimento para sacar adelante políticas deportivas nacionales, regionales y comunales, que favorecieran el desarrollo del deporte chileno", expresó la ministra Secretaria General de Gobierno, Cecilia Pérez
LAS FUNCIONES
De acuerdo a la ley que fue aprobada por el congreso, "el Ministerio del Deporte es un órgano superior de colaboración del Presidente de la República en materias referidas a la Política Nacional del Deporte, el que contará con una Subsecretaría y las Secretarías Regionales Ministeriales, estableciéndose sus respectivas funciones y atribuciones".
Entre las funciones del Ministro del Deporte que se aprobaron "se destacan las de proponer y evaluar la Política Nacional del Deporte; formular acciones y programas para desarrollar la práctica deportiva; coordinar las acciones vinculadas al deporte que otros Ministerios y servicios públicos desarrollen, y velar por el cumplimiento de las políticas sectoriales por parte del IND, asignarle recursos y fiscalizar sus actividades".
Con el establecimiento del Ministerio del Deporte "se crea el Consejo Nacional del Deporte, integrado por el Ministro y por otros 14 consejeros, señalando la forma de designación, cuyo mandato durará 4 años. El cargo de consejero será ad honorem e incompatible con cualquier otro puesto directivo en organizaciones deportivas". Además, se "suprime el Consejo Nacional del Instituto Nacional del Deporte".
El ministerio, además, "adecua las funciones del Instituto Nacional de Deportes de Chile, y consecuencialmente las de su Director Nacional y de las Direcciones Regionales, entidad que tendrá como rol fundamental implementar las políticas deportivas que establezca el Ministerio en todo el país. Los Directores del IND serán elegidos por el sistema de Alta Dirección Pública".
Además, se consigna que "la implementación de las Secretarías Regionales Ministeriales en todo el país, se efectuará en un plazo de 12 meses contados de la fecha de publicación de este proyecto como ley. En la Región Metropolitana no habrá una Secretaría Regional Ministerial".
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