APPS para trazar

La pantalla de inicio de la aplicación de rastreo de contagios SwissCovid, desarrollada por Suiza.

SEÑOR DIRECTOR

Recientemente, el Ministerio de Salud ha propuesto monitorear la movilidad de las personas a través del rastreo de los teléfonos celulares, para así mejorar la trazabilidad de los casos Covid-19. Esta app permitiría recibir el resultado del examen de PCR directamente en el celular y, en caso de ser positivo, se podría comenzar a monitorizar los síntomas del paciente de inmediato.

Ante la posible implementación de esta iniciativa, nos permitimos hacer algunas consideraciones éticas. Primero, esta aplicación solo debe usarse para respaldar medidas de salud pública para la contención de Covid-19. Segundo, el sistema se debe diseñar para recopilar, procesar o transmitir solo aquellos datos necesarios para lograr este propósito. Tercero, los datos recogidos deben ser los mínimos necesarios para el propósito buscado. Cuarto, debe haber transparencia respecto de cómo, dónde y durante cuánto tiempo serán almacenados. Quinto, el uso de esta aplicación debe ser voluntario y diseñada para que el usuario la desconecte en cualquier momento. Por último, los datos deben eliminarse cuando termine la finalidad de uso.

Las autoridades sanitarias, en vista a su especial ámbito de competencia, deben asumir la responsabilidad por la gestión de las bases de datos generadas a partir de esta aplicación, lo que debe establecerse de manera expresa en la respectiva política de privacidad e informando de manera transparente acerca del funcionamiento de la herramienta tecnológica en cuestión.

Nos parece que tomando estas consideraciones y resguardando de forma debida la confidencialidad y la privacidad de los datos, es un avance tecnológico que puede contribuir a mejorar la trazabilidad.

Sofía Salas Ibarra

Centro de Bioética, UDD

Juan Alberto Lecaros

Observatorio de Bioética y Derecho, UDD

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