Bolivia insiste

Se aproximan las elecciones en Bolivia y su primera vuelta el domingo 20 de octubre. Sus resultados son inciertos según casi todas las encuestas. Dependiendo del Departamento evaluado, la diferencia favorece a Evo Morales en su cuarta reelección, o al Ex Presidente Carlos Mesa, y seguramente habrá lugar a la segunda vuelta. Otros postulantes, como Oscar Ortíz, o Chi Hyung, aunque con cifras en aumento, no aparecen con mayores posibilidades. Los favoritos son figuras políticas que insisten en la Presidencia. Una campaña reñida que obliga a echar mano de todos los recursos electorales sensibles a la ciudadanía. Y por cierto, no podía faltar, está Chile y la consabida salida al mar. Evo la ha utilizado nuevamente ante las Naciones Unidas, al intervenir en su 74ª. Asamblea General en curso, otra insistencia, pero con una interpretación muy particular de la sentencia totalmente favorable a Chile, hace un año, de la Corte Internacional de Justicia. Y ahí está lo verdaderamente insólito.
Si bien no ha sido motivo de alarma en nuestro país, y tampoco de un impacto noticioso, contiene elementos que conviene analizar con algo más de atención, sobre todo si se aíslan del momento electoral y como utilización permanente de todo político boliviano. Su proyección, de mantenerse y triunfar nuevamente Evo, augura consecuencias indeseables para la relación bilateral futura, y es mejor estar advertidos.
Sostuvo que las Naciones Unidas, debiera vigilar y exigir el cumplimiento del fallo para encontrar una solución a la controversia, como "tema pendiente en la región", y que Bolivia "no renunciará a su derecho de acceso soberano al Océano Pacífico". Es decir, el fallo no terminó con el diferendo, a pesar de su contundencia a favor de Chile. Interpretó que "los fallos de 2015 (sobre la excepción preliminar), y de 2018 (sobre el fondo), mantienen el asunto pendiente y sin resolver. El de 2015, afirmó, que "los asuntos en disputa no son asuntos resueltos por arreglo de las partes o por laudo arbitral o por sentencia de un tribunal internacional o regidos por acuerdos o tratados en vigencia". Todo cierto, pero deliberadamente, olvida que dicha sentencia la dictó el Tribunal para declararse competente, y para no considerar lo establecido en el Pacto de Bogotá (1948), que expresamente excluye de la Corte aquellas situaciones, de haber ocurrido y si fueren anteriores a la fecha del Pacto. La Corte estimó que lo que Bolivia solicitaba, (obligación chilena de negociar un acceso soberano al Océano Pacífico) no había sido resuelto todavía por tales métodos, ni por el Tratado de Límites de 1904.
Sin entrar en mayores fundamentaciones, y ateniéndonos al texto del Tratado, dicha obligación de negociar un acceso soberano al Pacífico, no aparece de manera explícita, y no podría aparecer, pues acordó la transferencia de territorios a Chile, las facilidades del tránsito comercial, y variadas compensaciones chilenas ya cumplidas; por lo que la Corte encontró razones para ser competente en el caso presentado. No obstante, Evo no menciona que dicha obligación fue rechazada por inexistente por la Corte en su fallo de 2018, y cada una de las argumentaciones concatenadas por Bolivia para fundamentarla, fueron desestimadas. Vale decir, ahora sí que el pretendido acceso soberano al Pacífico esta resuelto "por sentencia de tribunal internacional", de la propia Corte. La obligación chilena, en consecuencia, no existe por sentencia definitiva e inapelable.
Luego, argumentó que el fallo, en la opinión del Presidente del Tribunal, y que no forma parte de la sentencia, expresó que tal conclusión "no debe entenderse como un impedimento a que las partes continúen su diálogo e intercambios en un espíritu de buena vecindad para atender los asuntos relativos a la situación de enclaustramiento de Bolivia, solución que ambas partes han reconocido como un asunto de interés mutuo. Con la voluntad de ambas partes puede llevarse a cabo negociaciones significativas". Una opinión propia del Presidente que igualmente votó con la mayoría en la sentencia, de 12 contra 3 opiniones disidentes (incluido el Juez Ad Hoc de Bolivia); y que sólo resulta posible si ambos países, reinician negociaciones, soberana y voluntariamente. Cierto también, pero condicionado a que así lo hagan. Por Chile significaría que nos desentendemos de la sentencia y volvemos a negociar y hacer propuestas. Parece impensable.
Así se clarificó en el derecho a réplica chilena a Evo y sus afirmaciones, donde nuestro Canciller aseveró que "el derecho está de nuestro lado". Es decir, el fallo debe ser cumplido y la ONU vigilar que lo sea, pero en su sentido verdadero, es decir, el tema está resuelto, definitivamente, y se ha puesto fin a más de cien años de insistencia boliviana. No hay ninguna obligación de negociar ningún acceso soberano al Océano Pacífico, o el pretendido enclaustramiento boliviano, nunca más. Muchas opiniones bolivianas autorizadas así lo han expresado y calificado de "cortina de humo de Evo", para no asumir la total derrota.
Si es una argumentación dialéctica más de su discurso con miras a su cuestionada y todavía incierta re-reelección, sería parte de la campaña. Si constituye un propósito de continuar con la controversia, no obstante el fallo, o de internacionalizarlo en foros regionales o mundiales, es otra cosa, y entramos en una nueva arremetida boliviana como si nada hubiere pasado. Una nueva persistencia de Bolivia que deberemos clausurar definitivamente, si insisten.
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
1.
3.
4.