Elecciones y feriados irrenunciables

Al establecer como feriados obligatorios e irrenunciables para el comercio los días 15 y 16 de mayo, el Congreso una vez más legisló apresuradamente, sin entregar mayor justificación para la medida ni suficiente ponderación de los efectos colaterales.



Sin mayor discusión, y con amplia mayoría en ambas cámaras, el Congreso despachó hace unos días a ley el proyecto -originado en mociones parlamentarias- que establece como feriado obligatorio e irrenunciable el 15 y 16 de mayo para todos aquellos trabajadores que se desempeñan en el sector comercio, con ciertas excepciones.

Aun cuando las motivaciones de esta iniciativa pueden resultar a ojos de algunos muy populares, llama profundamente la atención que se haya dictado esta norma sin mayor reflexión sobre sus fundamentos y sin tampoco atender a los trastornos a que se verá afectada parte importante de la población. Esta apresurada legislación resulta aún más sorprendente considerando que la normativa electoral ya tiene regulado -y desde hace muchos años- el funcionamiento del comercio en días de elecciones, haciendo del todo innecesario esta norma.

Desde luego, la ley sobre votaciones populares y escrutinios ya establece que los días en que se celebran elecciones o plebiscitos serán feriado legal, por lo que de suyo hay escaso funcionamiento del comercio. Está establecido además que esos días no podrán funcionar centros comerciales ni complejos comerciales administrados por una misma razón social, en tanto que aquellos trabajadores que sí deban laborar, por ley cuentan con un permiso de dos horas para poder sufragar. De manera que el riesgo que suponen los legisladores que presentaron una de las mociones, en cuanto a que de no mediar un carácter irrenunciable entonces habría grandes cantidades de empleados del comercio desplazándose en los días de votación, poniendo en riesgo su salud y la del resto, no encuentra asidero.

Con motivo de la situación sanitaria que afecta al país, excepcionalmente se autorizó que la elección se pueda llevar a cabo en dos días, lo que facilita el proceso de votación y reduce el riesgo de contagios, considerando además que 7,2 millones de personas ya tienen puesta la segunda dosis de la vacuna contra el coronavirus. A la luz de todos estos antecedentes, existen amplias facilidades para poder ejercer el derecho a sufragio y en condiciones sanitarias seguras, por lo que sigue sin mayor explicación por qué se estimó necesario consagrar dos días irrenunciables. Al menos si el proyecto hubiese dado la posibilidad de que cada trabajador eligiera como irrenunciable el sábado o el domingo, habría resultado algo más coherente.

Los riesgos de legislar apresuradamente se reflejan también en que no se calibró que se hará recaer en toda la ciudadanía los trastornos de tener innecesariamente el comercio cerrado durante dos días seguidos. La población ya enfrenta duras restricciones a causa de las cuarentenas y el toque de queda, por lo que restringir aún más las posibilidades de realizar actividades durante 48 horas es una pesada carga, en especial para todos aquellos que necesitan imperiosamente generar ingresos al ser trabajadores independientes.

El proyecto aprobado por el Congreso va en la dirección opuesta de lo que ocurre en varias democracias desarrolladas, las cuales por lo general realizan sus procesos electorales en días hábiles, sin necesidad de paralizar sus actividades, brindando las facilidades del caso a los trabajadores para que puedan sufragar. Esta involución solo parece tener explicación en el clima de populismo que hoy campea transversalmente, recurriendo a la pandemia como pretexto.

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