INDH y crímenes de lesa humanidad

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SEÑOR DIRECTOR:

La mayoría del Consejo del INDH decidió no presentar querellas por la comisión de crímenes de lesa humanidad en el contexto de las movilizaciones de 2019. Esta decisión es preocupante por tres motivos:

Para evaluar la procedencia de esta querella se utiliza un estándar que no está reconocido en el derecho internacional ni el derecho interno: “política estatal activa para generar daños”. El estándar exige analizar el vínculo de los múltiples delitos perpetrados con el contexto que se produce (ataque contra la población civil), lo que no implica necesariamente una política estatal activa, sino que basta acreditar la existencia de una política del Estado o sus agentes.

Cuando la fiscalía de la Corte Penal Internacional decidió no iniciar un examen preliminar respecto de la situación chilena, por existir investigaciones internas (principio de complementariedad), en su comunicación sí reconoce la existencia de una línea de conducta consistente en un patrón de uso excesivo de la fuerza, que representa un ataque generalizado. Por lo demás, la generalidad y sistematicidad del ataque han sido documentadas por diversas organizaciones.

Por ello, resulta incomprensible esta decisión. Especialmente, porque no tiene sentido exigir pruebas de todos los elementos del delito previo a querellarse, pues lo que se busca es precisamente investigar. Existiendo indicios, como la comisión de centenares de crímenes, no es aceptable incumplir los mandatos que obligan a combatir la impunidad. Esperamos que esta decisión se revierta, a la luz de las obligaciones jurídicas existentes, y se aborden todos los caminos necesarios para avanzar en verdad, justicia y reparación.

Constanza Núñez Donald

Francisco Bustos Bustos

Fac. de Derecho Universidad de Chile

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