Iniciativa en Ley de Presupuestos

SEÑOR DIRECTOR
Hace unos días, ante el Consejo Fiscal Autónomo (CFA) expusieron varios expertos sobre la institucionalidad de la política fiscal en el contexto de la discusión constitucional.
En la actualidad, el Presidente de la República envía a trámite un proyecto de Ley de Presupuestos en donde hay una estimación de ingresos y una propuesta de asignación presupuestaria. Los parlamentarios pueden aprobar, rechazar o condicionar la ejecución de programas públicos y de hecho temas como el aporte al Transantiago o la eventual compra de un nuevo avión presidencial son ejemplos del uso de esas atribuciones. Adicionalmente, los parlamentarios, con un quórum más alto, deben autorizar al Presidente para emitir deuda pública. Así, el Presidente es el responsable del estado financiero de la hacienda pública, en donde este marco institucional fiscal es anterior a la Constitución de 1980 y recoge el aprendizaje, doloroso a veces, de varias décadas anteriores.
Mi preocupación surge debido a que además de los expertos, expuso Javiera Martínez, directora de Rumbo Colectivo y actual integrante del equipo económico de Gabriel Boric, quien cuestionó el orden actual y propuso que los parlamentarios deberían tener la facultad de crear nuevos gastos públicos o modificar los ingresos estimados y con ello el equilibrio fiscal, en suma, derogar la iniciativa exclusiva en materia fiscal del Presidente.
Esto es sustancialmente peligroso pues diluye la responsabilidad de las finanzas públicas, permitiendo a los parlamentarios incorporar gastos públicos que los beneficien políticamente para la reelección. Esto abultaría el desequilibrio fiscal, con la consiguiente mayor deuda pública e incremento de las tasas de interés para toda la economía.
Tomás Flores
Economista Libertad y Desarrollo
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