"Inmigración ilegal"



SEÑOR DIRECTOR

Axel Buchheister señala en columna del domingo pasado, que la inmigración haitiana constituye un ejemplo de infracción a la ley de extranjería. Su afirmación es incorrecta. La ley vigente (Decreto Ley 1.094 de 1975) habilita el cambio de categoría migratoria a quienes se encuentren en calidad de turistas en Chile y cumplen con los requisitos para ello (Art. 49). ¿Somos el único país que acepta el cambio de categoría migratoria de turista a residente? No. Argentina, Ecuador o Uruguay también consideran esta posibilidad, con leyes mucho más modernas. ¿El cambio de categoría migratoria opera a todo evento? No. Para que se sea procedente, debe cumplir ciertos requisitos exigidos en la ley y estar sujeto a la aprobación de la autoridad competente. ¿La entrega del permiso de residente temporal es gratis? No. Por concepto de visado, Chile recaudó cerca de US$ 33 millones en 2016. A lo anterior habría que sumar otros que pagan los extranjeros, como el impuesto a la renta y el de valor agregado, que superan con creces los US$1.000 millones al año.

Si consideramos el gasto público asociado a la inmigración en derechos básicos, unos US$ 290 millones, el Estado recauda más de lo que gasta. Así, intuimos que la preocupación con la inmigración de personas provenientes de Haití, retrata un problema mayor que existe en parte de la sociedad. Sociedad que se conformó, por cierto, a partir de la masiva llegada de extranjeros que no portaban precisamente un permiso de residente.

En síntesis, ¿requiere Chile una nueva ley de migraciones? Sí. La vigente ha sido ampliamente superada por la realidad y demanda una adaptación de varias otras normas que se cruzan con el fenómeno migratorio y la creación de una institucionalidad robusta que permita aglutinar y pensar la política pública en materia de migraciones. También se encuentra en deuda con las obligaciones internacionales adquiridas por Chile.

Macarena Rodríguez y Tomás Pascual

Clínica de Atención a Inmigrantes Universidad Alberto Hurtado

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