Propuesta para penalizar las amenazas digitales
Si bien es plausible la preocupación del Ministerio del Interior por abordar en profundidad este grave problema que sin duda aqueja a la sociedad, es necesario evaluar con detención la pertinencia de nuevas figuras penales.
El Ministerio del Interior se encuentra trabajando en una agenda contra la violencia y las amenazas digitales, uno de cuyos aspectos contempla actualizar la actual legislación penal, a fin de integrar las amenazas a través de plataformas digitales.
Conforme ha explicado la cartera de Interior, en lo referente a las amenazas, los tipos penales no han sufrido mayores modificaciones desde 1874; también hace ver que este tipo de delitos ha adquirido una fuerte relevancia pública y que existe una necesidad de actualizar los medios a través de los cuales se pueden cometer. La repartición ha expresado su preocupación por las numerosas amenazas que a través de redes sociales ha recibido el Presidente de la República, fiscales del Ministerio Público así como otras autoridades. La nueva legislación no pretende solo abarcar a funcionarios del Estado, sino a cualquier persona natural.
No cabe duda de que uno de los grandes males de nuestro tiempo es precisamente el distorsionado uso que algunos sectores han dado a las redes sociales, los que valiéndose de su masividad e instantaneidad -también de la posibilidad de hacerlo anónimamente- aprovechan este enorme poder para amenazar o amedrentar, pudiendo causar graves daños psicológicos, patrimoniales o a la honra de las personas, incluso por el solo hecho de ser proferidas. Es indispensable entonces que en tanto estas prácticas se masifican -especialmente por la vastedad de canales que existen en redes sociales-, la autoridad examine si las actuales normas son suficientes para sancionar apropiadamente los delitos que se cometan bajo las nuevas plataformas.
Pero puesto que el delito de amenaza se encuentra ya descrito en el Código Penal, y en principio la forma en que lo está resulta con la suficiente amplitud como para abarcar también las nuevas tecnologías, la autoridad haría bien en ahondar sobre los fundamentos que hacen necesario introducir nuevas figuras penales. Su preocupación por estos delitos es legítima y probablemente existe amplio consenso en que hechos como los descritos no pueden quedar en la impunidad. Si existe la percepción de que ello está ocurriendo bajo las actuales normas, cabría interrogarse si esto se debe necesariamente a insuficiencias en la tipificación de los delitos.
Cabe también tener presente que cuando se intenta regular delitos referidos a expresiones que pueden ser vertidas en el espacio público, se hace aún más necesario tener especial precaución en la forma como se pretende regular, a fin de cuidarse de no invadir el campo de la libertad de expresión.
Aun cuando no siempre existe la percepción de que amenazar por redes sociales reviste igual gravedad que hacerlo por otros medios, la sociedad debe asimilar que los delitos son los mismos, independientemente del medio por el que se lleven a cabo. Por ello, no siempre la respuesta serán nuevas leyes, sino adaptar las existentes para asegurarse de que abarquen las nuevas tecnologías. De lo contrario, se arriesga a que cada vez que exista un desarrollo tecnológico, haya que dictar nuevas leyes para delitos que ya existen, quedando la legislación en permanente rezago. La pertinencia de la propuesta de Interior debería ser examinada entonces a la luz de estos criterios.
Lo último
Lo más leído
1.
2.
3.
4.
5.
6.