Opinión

¿Qué pasará con los derechos de Gabriela Mistral desde 2028?

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La inminente entrada de la obra de Gabriela Mistral al dominio público, el 1 de enero de 2028, ha reabierto un debate que va mucho más allá de una cuestión técnica de derechos de autor. En el fondo, lo que está en juego es cómo se ha entendido —y cómo se entenderá— el legado jurídico y cultural de una de las figuras más importantes de nuestra historia.

El testamento de Mistral fue claro en un punto esencial: los ingresos provenientes de la explotación de sus obras en América del Sur debían beneficiar a los niños pobres de Montegrande, con la Orden Franciscana como canal para recibir y distribuir esos recursos. Sin embargo, a lo largo de las décadas, esa voluntad convivió con una realidad jurídica compleja, marcada por cambios legales, administraciones sucesivas y, en particular, por el Decreto Ley de 1979, que alteró la forma en que se gestionaban sus derechos en Chile. La derogación de esa norma en 2003 buscó restablecer el diseño original, pero dejó abiertas preguntas legítimas sobre la transición entre distintos regímenes y prácticas.

Con todo, el punto más relevante hoy no está en el pasado, sino en el futuro inmediato. Desde 2028, los derechos patrimoniales de Gabriela Mistral se extinguen definitivamente y su obra pasa al dominio público. Esto significa que cualquier persona podrá publicar, editar, traducir, adaptar o difundir sus libros sin pedir autorización ni pagar derechos. Es una buena noticia para la cultura, la educación y el acceso al patrimonio común: Mistral podrá circular libremente, en nuevas ediciones, formatos y lenguajes.

Al mismo tiempo, conviene ser claros: el dominio público no borra la historia previa ni las obligaciones pendientes. Los derechos morales de la autora —su nombre y la integridad de su obra— siguen plenamente vigentes, y los eventuales ingresos generados antes de 2028 continúan sujetos a las reglas del testamento. Lo que sí cambia es que, hacia adelante, ya no habrá regalías que administrar ni autorizar.

El desafío, entonces, es doble: aprovechar el dominio público como una oportunidad cultural y, al mismo tiempo, comprender con serenidad y rigor jurídico cómo funcionó —y cómo debe explicarse— la gestión del legado de Gabriela Mistral. No para reabrir conflictos, sino para cerrar bien una etapa y abrir otra, más libre y más accesible, para todos.

Por Maximiliano Santa Cruz Scantlebury, Abogado en propiedad intelectual y exdirector de Inapi.

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