Responsabilidad de las instituciones financieras



SEÑOR DIRECTOR:

El día 20 de este mes el abogado Jaime Lorenzini envió una carta sosteniendo la supuesta laxa modificación a la Ley de Fraudes y señalando que ampara a los delincuentes. Al contrario, la Ley de Fraudes ampara a los clientes frente a las falencias de seguridad de las instituciones financieras y la evidencia demuestra el gran rol que ha jugado a este respecto.

Esta ley tuvo en consideración un escenario en que las instituciones bancarias no respondían por su principal obligación: resguardar el dinero que el público les confiaba. Ante los fraudes, la respuesta era que habían sustraído el dinero del consumidor cuando, a quien habían defraudado, era a la institución bancaria.

El costo de demandar era excesivo para el consumidor. La cancha se dio vuelta para que la institución sea quien ejerza acciones y no el afectado, frente al derecho más importante en este mercado: la seguridad. Por lo tanto, que el estándar sea de culpa grave debe ser mirado como uno de mayor grado de responsabilidad de la institución para resguardar los ahorros e invertir en seguridad.

Sostener que es una ley que ampara a los delincuentes no es más que la criminalización de los consumidores. La reforma ya es excesiva en varios puntos como las presunciones de mala fe tan excepcionales en nuestro sistema. Si alguien comete un autofraude debe ser sancionado y el dinero reintegrado, no cabe duda. Pero las instituciones colocan el grito en el cielo si perseguir dicho reintegro es más costoso que lo defraudado, aunque nada dijeron cuando la situación era al revés y el costo asumido por el consumidor era superior.

Antonio Olivares Contreras

Abogado de Conadecus

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