Retrocesos en materia tributaria

reforma tributaria

La iniciativa para gravar altos patrimonios y grandes empresas dañará la inversión y difícilmente logrará la recaudación que promueven sus promotores.


La Cámara de Diputados aprobó con más de 3/5 de los votos un proyecto de ley con dos propuestas altamente inconvenientes: un impuesto excepcional de 2,5% a las personas que tengan un patrimonio igual o superior a los 22 millones de dólares; y un aumento transitorio, desde 27% a 30%, de la tasa de impuesto a la utilidad de empresas con ingresos anuales superiores a un millón de UF.

Chile tiene una estructura de impuestos directos (1ª y 2ª Categoría del Impuesto a la Renta e Impuesto Global Complementario) orientada, en último término, a gravar a las personas con tasas crecientes con el nivel de ingresos. Esta estructura resultó de la búsqueda de impuestos menos distorsionadores, tal de minimizar su impacto negativo sobre el empleo y el crecimiento; con alta recaudación en relación al costo de administrarlos; con equidad horizontal, tal que rentas similares se graven con tasas similares; y con la máxima progresividad (tasas mayores para ingresos más elevados) compatible con no exceder el costo en alguna de las dimensiones anteriores.

Hoy, por comparación a lo que se observa en países OCDE, si se quisiera avanzar en mayor recaudación con racionalidad, las correcciones en Chile (Estudios Públicos N°161) deberían apuntar a reducir la tasa de impuestos aplicables a ingresos del capital -pues las actuales están deprimiendo la inversión y las remuneraciones-, e incrementar la tributación en segmentos de ingresos medios de la población que hoy no tributan lo necesario. También hace sentido revisar exenciones como la que se aplica al diésel, la renta presunta junto a la eliminación de la exención a la ganancia de capital y a fondos de inversión privado (estos dos últimos aspectos sí son considerados en el proyecto en trámite).

Tras una larga historia de impuestos transitorios que se hicieron permanentes, y del bochornoso olvido de este mismo Congreso de su compromiso de promover retiros previsionales por “una única vez”, la expectativa es que los cambios tributarios que promueve este proyecto vayan a ser permanentes. Así mirado, el proyecto constituye un grave retroceso en la estructura tributaria del país.

Ambas propuestas aumentan la tributación sobre los ingresos del capital, con efectos negativos sobre la inversión y los salarios. En el caso del llamado impuesto a los “súper ricos”, se parte de una premisa equivocada, asumiendo que quienes poseen mayor patrimonio no aportan más. Lo cierto es que ya hacen mayores contribuciones, pero una discusión distinta es si se quiere que aporten más aún. Y para ello el instrumento que se está proponiendo es el equivocado. Al gravar el 2,5% sobre el patrimonio, se arriesgan problemas de liquidez por estarse gravando stocks y no flujos; se producen además inequidades horizontales (el SII tasará activos que no tienen valor de mercado. Asimismo, la evidencia internacional indica que difícilmente la recaudación pudiera llegar a más de un quinto de lo pronosticado, e inducirá a que muchos capitales emigren en forma permanente. Por estas razones, de 13 países OCDE que alguna vez aplicaron impuestos al patrimonio, solo cuatro los mantienen.

Más allá de la inconstitucionalidad de un proyecto que invade facultades exclusivas del Presidente de la República, es lamentable que el Congreso avance en iniciativas tan distantes de la racionalidad que tradicionalmente orientó la legislación tributaria chilena.

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