Una justicia centrada en las personas
Por Leonel González, director de Capacitación, Centro de Estudios de Justicia de las Américas
“La cabeza piensa donde los pies pisan”. Esta frase del teólogo brasileño Frei Betto constituye un principio de trabajo transversal para quienes actúan en el sistema de justicia: es necesario conocer aquellas conflictividades y vulnerabilidades sobre las que se debe intervenir y decidir.
La etapa que se ha abierto en Chile a partir de la redacción de una nueva Constitución y la asunción del gobierno del Presidente Boric significan una oportunidad histórica para repensar la lógica de funcionamiento del sistema de justicia, en particular, la relación con las personas y sus entornos de vulnerabilidad. Por lo mismo, me interesa plantear la posibilidad de instaurar técnicas de “justicia en contexto social”, esto es, pensar las soluciones posibles desde la realidad de los y las usuarias.
Esta idea, muy extendida en países como Canadá o Australia, implica que quienes intervienen en el sistema de justicia deben tener conocimientos sobre el entorno social, cultural, económico, religioso o de género de las personas usuarias del sistema, que influyen en la percepción de quien hace uso de algún mecanismo de resolución de disputas. No debemos soslayar que nuestra cultura jurídica latinoamericana aún está muy embebida del modelo castellano de impartición de justicia, que entre otros principios contemplaba la ajenidad entre la judicatura y la sociedad. Por ejemplo, podemos observarlo en las críticas que habitualmente se hacen a la incorporación de la perspectiva de género como un modo de reconocer las desigualdades históricas entre el hombre y la mujer.
Habrá quien sostenga que, al tomar una decisión judicial, el juzgador lo hace solamente al aplicar la ley sobre la base de los hechos y las pruebas. Ahora bien, no debemos desconocer que esa pretendida neutralidad no está vacía de contenidos ni estereotipos. Al contrario, está dotada de un sistema de valores que es previo a la asunción de neutralidad y desde este punto de partida se suelen pensar las soluciones posibles. Por lo tanto, sería errado asumir que el Poder Judicial actúa en un terreno plano y que los jueces y las juezas no tienen ningún compromiso por fuera del caso concreto. La judicatura debe trabajar para cambiar esa visión, que no depende de la bondad o maldad de quienes juzguen, sino de los efectos de la construcción histórica de la institución.
Para concretarlo, se podrían desarrollar distintas técnicas desde instancias de dialogo o aprendizaje hasta programas de inmersión en donde los operadores del sistema de justicia conozcan en primera persona y tengan un intercambio horizontal con determinados grupos vulnerables (como mujeres víctimas de violencia, migrantes, personas privadas de la libertad, poblaciones indígenas, jóvenes infractores o personas con consumos problemáticos de sustancias) que podrían exponer aquellas cuestiones estructurales y prácticas judiciales que implican barreras al acceso a la justicia.
Conocer los entornos de vulnerabilidad de quienes recurren al sistema de justicia es una necesidad y una obligación si realmente queremos trabajar desde un enfoque de derechos en el siglo XXI.
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