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Comité de Buenas Prácticas pondrá foco en intencionalidad de operaciones de fin de año

Un vuelco sufrieron las reglas que a mediados de año había propuesto el Comité de Buenas Prácticas en el marco del proceso contra las corredoras por las llamadas “operaciones de fin de año”. Estas cuestionadas transacciones saltaron a la luz pública, luego de que Hugo Bravo declarara que Banco Penta ofrecía a clientes este tipo de movimientos como un mecanismo para rebajar impuestos.

El organismo de autorregulación que rige a la Bolsa de Comercio de Santiago y Bolsa Electrónica, decidió a principios de diciembre eliminar la normativa existente y optó por centrar sus esfuerzos en una estrategia de “principios de aplicación prudencial”. Es decir, las transacciones se analizarán caso a caso, para determinar si el espíritu de la transacción atenta en contra de las buenas prácticas, de un mercado competitivo, libre y transparente.

Las modificaciones

El cambio se produce luego de que la propuesta original del grupo de trabajo recibiera una serie de observaciones de parte de los corredores de la plaza. Aunque en su informe final el comité no detalla la naturaleza de estas ideas, lo cierto es que éstas llevaron al equipo a modificar sus primeros lineamientos. Según estos, se establecerían reglas “orientadas a impedir el ingreso de ofertas o la realización de operaciones que aún sin tener como finalidad la manipulación del mercado, podían entregar señales erróneas respecto de la oferta o demanda de mercado”. Sin embargo, ahora modificó este último criterio para calificar, si determinadas operaciones realizadas por corredores se ajustan a estándares de buenas prácticas. “El comité atenderá si las operaciones bajo análisis atentan contra los principios de un mercado transparente, equitativo, ordenado y competitivo”, señala el acuerdo firmado por el presidente del comité, Lisandro Serrano, y los miembros de éste, Jorge Tarziján y Jorge Jaramillo.

Además, la propuesta de mediados de año detallaba que los corredores deberán establecer los criterios que harán necesaria la evaluación de una oferta u operación, entre los cuales deberán incluir factores tales como volumen, habitualidad, condiciones de liquidación, hora en que se realiza la operación y liquidez del valor”. Sin embargo, el comité esta vez decidió no exigir a los corredores la adopción de mecanismo preventivos formales, entre otras razones, para “evitar distorsiones competitivas debidas a diferencias de criterio entre los corredores en la calificación de sus operaciones”.

En esa línea, el acuerdo señala que se optó por no establecer un catálogo de conductas, debido a que para la calificación de las operaciones se “requiere de una consideración cuidadosa de la finalidad y contexto de cada operación”. Fuentes al tanto de la decisión del comité, señalan que las operaciones de fin de año, por ejemplo, quedaron sin sanciones entre otras cosas porque no había tipo de infracción reglamentaria específico que sancionara dichas transacciones, por lo que el organismo decidió centrarse en aspectos más abstractos relacionado con las buenas prácticas. Con todo, la instancia calificó como una mala práctica la realización de operaciones en que un cliente compra acciones y luego las vende al vendedor original en condiciones de precio y liquidación similares, “con el objetivo de obtener beneficio que no provengan de la naturaleza propia de las operaciones del mercado de valores como, por ejemplo, disminuir el pago de las patentes municipales”.

A la vez, recomendó a los corredores que se abstengan de participar en tales operaciones y rechacen las órdenes de clientes cuando los antecedentes disponibles indiquen que persiguen tales operaciones.

El 7 de junio, el Comité presidido por Lisandro Serrano recomendó al directorio de las bolsas absolver a las intermediarias formuladas de cargos (Penta, Security, MBI, Nevasa, Credicorp, BTG Pactual y LarrainVial,) debido a que las transacciones cuestionadas no cumplían con las características técnicas para ser sancionadas.

La investigación en torno a las operaciones de fin de año, en las que se buscaba reducir la carga impositiva de las patentes municipales que deben pagar las sociedades de inversión, comenzó luego de que Hugo Bravo declarara que Banco Penta ofrecía a connotados clientes la posibilidad de arrendar (comprar y luego vender) acciones para pasar el 31 de diciembre de cada año con las acciones arrendadas. De este modo, el capital propio afecto a patente municipal era inferior y se lograba rebajar impuestos.

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