Cotización de independientes ya es ley y Gobierno afirma que beneficiará a 577 mil trabajadores

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La ley fue aprobada por la Cámara de Diputados y establece un nuevo mecanismo de cotizaciones.


La Cámara de Diputados despachó el proyecto de Ley que modifica las normas para la incorporación de los trabajadores independientes a los regímenes de Protección Social, y la iniciativa queda lista para convertirse en ley.

"No queremos trabajadores de primera o segunda clase. Queremos que todos los trabajadores de Chile siempre trabajen protegidos, con seguridad social especialmente para un efecto no deseado como una enfermedad, accidente laboral, la ley Sanna e incluso ahorrar para la vejez. Y este proyecto así lo busca" dijo el Ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg en un comunicado.

La Subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, agregó que "con esta ley se mejora sustancialmente la normativa vigente, con lo que los trabajadores independientes dejarán de estar al margen de la seguridad social". Aclaró además que no habrá doble cotización.

La normativa establece un nuevo mecanismo gradual de cotización para los trabajadores que mantiene la obligatoriedad del pago de las cotizaciones a través de la Declaración Anual de Impuesto a la Renta de cada año, a partir de 2019, con cargo a la retención del 10% de impuestos. Pero, a diferencia de la normativa vigente, establece el incremento gradual de la retención de impuestos en 0,75 % anual, hasta alcanzar el año 2026 un 16%, y el noveno año se incrementará en 1%, para llegar a 17% en 2027.

Los obligados a cotizar son los trabajadores independientes que emiten boletas de honorarios por un monto bruto anual igual o mayor a 5 ingresos mínimos mensuales ($1,3 millones totales en el año), excepto hombres de 55 años o más, y mujeres de 50 años o más, al 1 de enero de 2018. Se estima que estos sumen unos 577 mil trabajadores, la mitad de los obligados bajo la ley que estaba vigente.

Con los montos retenidos cada abril se pagarán, en un nuevo orden que deja pensiones al final: 1. Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS); 2. Seguro Social contra Riesgos de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales (ATEP); 3. Seguro para el Acompañamiento de Niños y Niñas (Ley Sanna); 4. Licencia médicas y subsidios, pre y post natal, y post natal parental, y 5. Pensiones.

La fórmula permite a los trabajadores independientes acceder a los subsidios monetarios (pago de licencias médicas) otorgados por estos regímenes, calculados sobre el 100% de la base imponible, lo que corresponderá al 80% del conjunto de rentas brutas obtenidas por el trabajador independiente en el año calendario anterior a la declaración de impuesto.

El ahorro para pensiones, aumentará gradualmente y se calculará como la diferencia entre la retención y el pago realizado a los diferentes regímenes previsionales de seguridad social mencionados.

El nuevo mecanismo no sólo otorga seguridad social desde el primer año, sino que además acaba con los saldos insolutos o deudas previsionales que se generaban cada año para estos trabajadores.

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