Sernac fiscalizará cumplimiento de garantías legales y ticket de cambio posterior a la Navidad

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26.12.2017. TICKET DE CAMBIO, TEMATICA CAMBIO DE REGALOS.

Por otro lado, la entidad recordó que los carteles o timbres que indiquen que las empresas no responden por cambios de devoluciones de los productos no son validos.


Ya pasada la navidad, comienza al temporada de devoluciones y cambios de regalos en tiendas. Ante esto, el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) enfatizó en que la Ley del Consumidor establece el derecho a la garantía legal que contempla el cambio del producto, la reparación de este o la devolución de dinero.


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Presentando un ticket de cambio, factura u otro medio que acredite la compra, las empresas no pueden poner barreras para hace valer la garantía o realizar el cambio o devolución del producto. Por otro lado, recordaron que los carteles o timbres en las boletas donde se indique que “no se responde por cambios o devoluciones” no son validos, y no cumplen con la ley.

En cuanto al ticket de cambio en particular, es una política comercial voluntaria que permite a los consumidores cambiar sin motivo el producto durante 10, 20 o 30 días. Pese a ser voluntario, de ser ofrecido debe cumplirse.

Además, deben proveer este tipo de atenciones en las mismas condiciones en las que se realizó la venta de los productos. Es decir, no pueden enviar a los consumidores a lugares ajenos o atender en horarios diferentes a los venta normal.

Desde el Sernac informaron que monitorearán el comportamiento de las empresas y en caso de detectar incumplimientos se tomarán las acciones pertinentes. Con infracciones de este tipo, las compañías arriesgan multas de hasta 300 UTM equivalentes a más de $19 millones por cada falta.

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