Santander prepara primera emisión de bono hipotecario en el mercado local

La primera colocación de bonos hipotecarios en el mercado local es la que está preparando Banco Santander. Una emisión novedosa pero que no está exenta de algunas complejidades, justamente por la poca experiencia que hay en la industria sobre la materia.
Aún hay una serie de detalles respecto de esta colocación, por ejemplo el monto. Desde el banco explicaron que éste "será acorde al benchmark mínimo de mercado primario para garantizar liquidez y profundidad". Sin embargo, también estará en función del flujo esperado de colocaciones hipotecarias propias elegibles (loan to value máximo de 80% y carga financiera máxima de 25% del ingreso) y susceptibles de acopiar en un horizonte de mediano plazo como colateral a este bono".
Respecto de cuándo sería la colocación, si bien éstos podrían variar, el objetivo del banco es para mediados de temporada.
En el intertanto, la entidad bancaria ha estado haciendo una serie de diligencias para despejar el camino de las complejidades que involucra la colocación. Desde principios de mes ha estado en conversaciones con la Bolsa de Santiago con tal de efectuar las acciones necesarias para la inscripción del instrumento, el cual obedece a uno con características distintas de otros títulos de renta fija por lo que se necesitan efectuar cambios para su identificación.
Tras dicho encuentro, la bolsa propuso a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) incorporar un código especial para los bonos hipotecarios, añadiendo la letra H en el código del instrumento para su adecuada identificación. Lo anterior, derivaría también en que se añada una letra P en caso de los pagarés bancarios, B para los bonos bancarios y U para los títulos subordinados. Con ello, se homologaría el proceso de inscripción de todos los papeles de renta fija.
Según se ha informado, dicho requerimiento al regulador está en proceso.
¿QUÉ SON LOS BONOS HIPOTECARIOS?
Los bonos hipotecarios son instrumentos con el objeto de financiar el otorgamiento de créditos hipotecarios destinados al financiamiento de la adquisición, construcción, reparación o ampliación de viviendas, según lo establecido en el nuevo marco normativo elaborado por la Sbif y el Banco Central, el cual entró en vigencia en octubre de 2012.
La norma dice que dichos instrumentos cuentan con la particularidad de que, en caso de insolvencia o liquidación forzosa del banco emisor, están sujetos a un tratamiento especial establecido en la Ley General de Bancos (LGB) y, por lo tanto, corresponden a un instrumento con relativo menor riesgo de crédito para los inversionistas.
"Esta legislación permite licitar la cartera de créditos hipotecarios financiados a través de bonos hipotecarios de la institución fallida en forma separada a los demás activos del banco", afirma la regulación.
Los bonos hipotecarios también tienen la ventaja de permitir a los bancos el financiamiento de un conjunto de créditos, con lo que se obtiene un instrumento dotado de las mismas condiciones especiales aludidas en caso de insolvencia respecto de mutuos con letras de crédito, pero que goza de una mayor flexibilidad y eficiencia operacional.
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