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A prueba de balas: Gobierno busca una nueva Ley de Armas que crea sistema de identificación de municiones

El Ministerio del Interior envió las indicaciones al Senado, donde ya se aprobó esta iniciativa en general. Se aumenta fiscalización y control en el uso de armamento en el país.

FOTO:SEBASTIAN BROGCA/AGENCIAUNO

La semana pasada, efectivos de la Policía de Investigaciones (PDI) incautaron 58 armas y explosivos desde una casa en Tomé, Región del Biobío. El armamento pertenecía a un hombre fallecido hace 10 años y ahora se encontraba en mano de sus hijos, aunque estos no contaban con los permisos con que contaba su padre.

Para evitar situaciones como esta, en que se "heredan" los pertrechos y no se les realiza seguimiento, es que el Senado tramita la nueva Ley de Armas. En este sentido, el gobierno ya envió las indicaciones a esta nueva legislación, contemplando algunos cambios que podrían modificar el destino de armas y explosivos en Chile.

El Ejecutivo planteó al Senado tres pilares para trabajar: control y registro de armas; sistema de requisitos e inscripción; y fiscalización y régimen sancionatorio.

Bajo estos cimientos, destaca la obligación de las autoridades de someter a una prueba de disparos a cada arma que ingrese al país, e incorporarla a un registro único. Según la indicación enviada por el Ministerio del Interior a la Comisión de Constitución de la cámara alta, "se establece la obligación de tomar muestras de casquillos y balas disparadas por un arma que ingresa a Chile, para ser incorporados en un Sistema de Identificación Balística (IBIS), de responsabilidad de la DGMN. Así, toda arma que ingresa o fabrica en Chile deberá ser disparada por el Banco de Pruebas, con el objeto de conocer las balas y casquillos que ella dispara".

En ese sentido, esta disposición "se irá extendiendo a las armas que existen en Chile y que deban ser reinscritas según ordena el otro proyecto de ley del Ejecutivo. Este sistema será interoperable con los que posean las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad Pública, y a él podrá acceder el Ministerio Público en investigaciones penales, con el objeto de facilitar la persecución de delitos en que se utilicen armas".

En cuanto al registro de armas, ahora se busca establecer un limite, donde solo se permitirá la tenencia de hasta dos armas, pudiendo la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), en casos fundados, permitir la inscripción de hasta cuatro armas por persona o domicilio.

Esto, sin embargo, no aplicará para coleccionistas, cazadores, deportistas, comerciantes autorizados y empresas de vigilancia, aunque estos sí tendrán otro limitante: no podrá entenderse como arma de colección aquella fabricada con posterioridad a 1899.

Otra disposición que busca el Ejecutivo para esta ley es incorporar a un nuevo actor: la Subsecretaría de Salud. Ello, pues según se establece en las indicaciones enviadas por Interior al Senado, la "acreditación de la aptitud psíquica y física será certificada por los psiquiatras registrados ante la Superintendencia de Salud".

Esta indicaciones podrían dejar de ser solo una pretensión para el gobierno. La Comisión de Constitución del Senado ya aprobó en general estas disposiciones y se está a la espera de la votación en particular. De ocurrir eso, esta nueva ley quedaría prácticamente lista para ver la luz y cambiar así el uso y registro de armas en Chile.

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