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¿Puede venir a ver su situación?: El mecanismo de la PDI que acusan extranjeros para ser expulsados de Chile

Migrantes dicen que fueron contactados por la policía para que regularizaran su situación y fueron detenidos bajo engaño.

Inmigrantes hacen fila en el exterior de la Jefatura Nacional de Extranjeria y Policía Internacional. Foto: Luis Sevilla

-Funcionario PDI: ¿Diego? Hola, ¿cómo estás? Tú hablas con el subcomisario Felipe Madrid de Policía Internacional (…) Estamos tratando de ubicarte, con respecto a tu solicitud de regularización.

-Diego Cruz: Sí, yo me inscribí, me acogí a la Ley de Regularización.

Así parte la conversación telefónica entre Diego Cruz Romero, ciudadano colombiano expulsado de Chile el 28 de marzo de 2019, y una persona que se identifica como el subcomisario de la PDI Felipe Madrid. El diálogo está contenido en una denuncia presentada por el Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH) ante la Fiscalía Centro Norte, en el marco de un caso por presuntas detenciones ilegales de la policía.

El día anterior, el 27 de marzo, Diego Cruz recibió el llamado telefónico. En la conversación, el supuesto policía le dice al migrante que está cerca de su casa y el ciudadano colombiano le responde que estará ahí en 20 minutos.

-Funcionario PDI: Te esperamos acá.

-Diego Cruz: Ya, muchas gracias. Disculpe, pero ¿yo no tengo ningún inconveniente que me van a quedar detenido o algo así?

-Funcionario PDI: No, no poh, si este es un tema administrativo, Diego.

-Diego Cruz: Ah ya, muchas gracias.

Cuando llegó a su casa fue detenido, por una orden de expulsión administrativa.

La misma denuncia incluye el caso del ciudadano colombiano Edinson Landazuri, quien el 26 de marzo pasado recibió un WhatsApp que decía: "Hola, habla Dtv Karla Gómez, La dirección es Eleuterio Ramírez, 852. Lleva toda la documentación que tengas del proceso de regularización, y tu pasaporte para que podamos analizar tu situación". Al día siguiente, Landazuri fue detenido.

El mecanismo se habría repetido una veintena de veces ese día, por lo que el INDH presentó un recurso de amparo en la Corte de Apelaciones de Santiago a favor de 27 extranjeros, incluido Diego Cruz y Edinson Landazuri. Todos, según la acción legal, llegaron el 27 de marzo pasado a la unidad policial, tras ser citados por la PDI para aportar información sobre su situación migratoria o realizar una diligencia para regularizar su residencia. "Ninguno fue informado de que el motivo real de esta operación era privarlos de libertad", dice el amparo. El 28 de marzo fueron expulsados a Colombia.

PDI e Interior responden

El tribunal de alzada pidió un informe a la PDI. La policía civil respondió que en las detenciones habrían hecho presente los decretos de expulsión en su contra y les leyeron sus derechos. Rechazaron el amparo, al igual que el Ministerio del Interior, institución que respondió que en la mayoría de los casos la decisión se fundó en que los amparados han sido condenados en Colombia o Chile por diversos delitos.

Fallos de la Suprema

El 26 de mayo pasado, la Corte de Apelaciones resolvió que "en la mayoría de los casos el procedimiento de expulsión se llevó a cabo cumpliendo la normativa precedente, salvo dos situaciones", a quienes "se les notificó el decreto de expulsión el 27 de marzo de 2019, pero ambos fueron expulsados al día siguiente, antes de cumplirse las 24 horas que exige la ley". Así, dice, "se les privó de ejercer su legítimo derecho para entablar el recurso especial de reclamación de expulsión (...) actuación que configura un proceder ilegal y arbitrario de parte de funcionarios de la PDI" y se dio la opción de que puedan retornar al país si lo desean.

El recurso se elevó a la Segunda Sala de la Corte Suprema, la que el 3 de junio confirmó la sentencia del tribunal de alzada. Sobre los eventuales abusos que pudieran haberse cometido en la ejecución de los decretos de expulsión, la Suprema resolvió que "no acarrean ipso iure la nulidad de dichos actos administrativos o sus efectos".

El fallo tuvo los votos disidentes del ministro Jorge Dahm y el abogado integrante Antonio Barra, quienes "estuvieron por revocar la sentencia en alzada y acoger la acción de amparo en favor de todos los amparados, solo en cuanto a declarar que el procedimiento utilizado por la PDI para detener a los amparados fue ejecutado con infracción a la Constitución".

Detallaron que "las versiones entregadas por diez de los amparados sobre la interacción con funcionarios de la PDI días u horas previas a su detención, conocidas por esta Corte mediante la reproducción de registros de audio y video, aparece que todas son coincidentes y concordantes en describir un método para hacerlos comparecer a las dependencias de dicha institución mediante engaño (...) tal manera de proceder por parte de agentes estatales no es tolerable, toda vez que desconoce la dignidad de estos ciudadanos extranjeros".

Consultada por PDI, señaló que "no existen antecedentes que ameriten la instrucción de un proceso administrativo". Agregaron que "la expulsión, en la gran mayoría de los casos se dicta porque el extranjero no ha cumplido, voluntariamente, la orden de abandono del país. La PDI tiene que dar cumplimiento a estas órdenes de expulsión y para eso utiliza diversos medios".

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