"Torturas" en el Sename: CDE amplía querella en caso de Lisette y otros menores

Sename

El organismo se había hecho parte del caso presentando una acción criminal por cuasidelito de homicidio. Sin embargo, esta semana decidió acompañar la inédita tesis del fiscal Marcos Emilfork y apuntar a que en el Cread Galvarino los niños estaban sujetos a apremios ilegítimos y funcionarios del Estado vulneraron sus derechos humanos.


El Estado de Chile, a través de funcionarios del Sename torturó a niños, niñas y adolescentes vulnerables a su cargo e incluso una de ellas resultó muerta por la aplicación de dichos apremios ilegítimos. Eso es lo que el fiscal regional de Los Lagos, Marcos Emilfork, intentará probar en juicio oral respecto a las acciones que funcionarios del Cread Galvarino ejercieron en contra de la pequeña de 11 años Lissette Villa, quien falleció hace dos años.

Esta semana, y como un espaldarazo a la hipótesis de "muerte por apremios ilegítimos" que ha sostenido desde un inicio la Fiscalía, se sumó la ampliación de querella presentada por el Consejo de Defensa del Estado (CDE) que tras revisar los antecedentes de la indagatoria decidió ejercer acción penal por el delito de torturas con resultado de muerte, en el caso de Lissette, y en otros que involucran a menores con resultado de lesiones.

La acción del organismo que representa los intereses del Estado es vital para la inédita tesis que ha planteado el fiscal Emilfork que investiga muertes en el Sename y que sostiene que a una niña vulnerable que el Estado estaba llamado a proteger, ese mismo Estado  en democracia violó sus derechos humanos de la manera más violenta que sanciona el ordenamiento jurídico y que es a través de apremios que le causaron la muerte.

El 28 de septiembre del año pasado el CDE se había hecho parte del caso, querellándose por cuasidelito de homicidio en contra de las educadoras de trato directo de la menor Thiare Oyarce García y Conne Fritz Castillo.

Sin embargo, tras nuevas diligencias incorporadas al expediente del fiscal Emilfork, el organismo decidió recalificar los hechos por el delito de "apremios ilegítimos", también llamado torturas.

El documento, al que accedió La Tercera PM, sostiene que "en el período comprendido entre abril del año 2015 y a fines del primer semestre del año 2016 en el Centro de Reparación Especializada de Administración Directa, CREAD Galvarino, dependiente del Servicio Nacional de Menores ubicado en calle Bascuñán Guerrero N° 910 de la comuna de Santiago, región Metropolitana, se desempeñaban como funcionarios públicos los querellados Mónica Monje, Jéssica Figueroa, Leonardo Lefian, Orfelina Valdés, Cinthya Galaz, Luis Cerda Silva, Luis Campónico, Conne Fritz, Thiare Oyarce y Juan Arrué a quienes les correspondía, entre otras funciones, reparar el daño sufrido por niñas, niños y adolescentes (enviados por tribunales) expuestos a situaciones de alta complejidad y que se encuentran bajo la custodia permanente del Estado, privados de su libertad ambulatoria".

A juicio del CDE fue en ese contexto y en distintas oportunidades cuando los imputados en desempeño de sus funciones públicas en el Sename "aplicaron tratos crueles, inhumanos y degradantes de diversa entidad e intensidad a distintos niños y niñas del Centro, transformándose dichos comportamientos en prácticas abusivas y reiteradas llegando incluso las imputadas Fritz y Oyarce a provocar la muerte de una de las víctimas (Lissette Villa)".

La querella recuerda el episodio ocurrido en el Cread Galvarino el 16 de abril de 2015, que da cuenta de un episodio de violencia contra Lissette, mucho antes que viniera el desenlace fatal. "En represalia al comportamiento de la niña Lissette V.P. consistente en pegar patadas al cojín en el cual otra menor tenía su cabeza, la apremiaron ilegítimamente sujetándola contra su voluntad violentamente, envolviéndola en una frazada, inmovilizándola durante varios minutos. La niña tenía diez años a la fecha de ocurrencia de estos hechos y se encontraba privada de libertad en dicho Centro desde el 21 de noviembre del año 2014 por resolución del tribunal de Familia de fecha 14 de noviembre de 2014".

Los episodios

El CDE narra varios episodios que vivió la pequeña el 16 de abril de 2016 cuando falleció a manos de sus educadoras de trato directo. Esa fatídica jornada finalizó cuando -según la querella- los apremios a los que fue sometida Lissette Villa le quitaron la vida. "Cerca de las 20 horas y en horario próximo del cambio de turno del referido Centro se produjo el último de estos apremios respecto de la niña Lissette V.P., que culminó con su muerte, consistentes en que en el dormitorio de la casa 2.2, las funcionarias públicas, educadoras de trato directo, imputadas Fritz y Oyarce en respuesta a una desobediencia de la niña quien sólo quería volver a la oficina de la coordinadora la recogieron violentamente poniéndola boca abajo contra el suelo por medio de maniobras físicas consistentes por parte de Oyarce en sujetar fuertemente las piernas de la niña las que resultaron lesionadas posibilitando así que la educadora Fritz, quien a la fecha de los hechos pesaba alrededor de 90 kilos, se subiera sobre la niña presionando con su cuerpo fuertemente la espalda y tórax de la niña contra el suelo, al tiempo que con sus manos le sujetaba los brazos, inmovilizándola, acción que se extendió por varios minutos durante el cual la niña trató de zafarse de la presión que sentía en su pecho, que le dificultaba la respiración para lo cual llevaba su rostro a uno y otro lado del suelo el que también resultó lesionado intentando respirar y gritando que la soltaran, que se iba a portar bien, que se estaba ahogando, que quería ir a orinar, no obstante lo cual y aun percatándose de la situación de sufrimiento de la niña, las imputadas no la soltaron, se mofaron y persistieron en su actuar, situación que se mantuvo hasta que la niña dejó de moverse, falleciendo momentos más tarde".

Otro episodio que se narra es en contra de otro niño del Cread que al no querer levantarse de su cama el 25 de agosto de 2015, el coordinador de turno Leonardo Lefián ante la desobediencia, "lo apremió ilegítimamente tirando violentamente el colchón sobre el cual se encontraba lanzándolo fuera de la cama, provocando que la víctima se golpeara resultando con lesiones en el párpado superior y borde del ojo izquierdo produciendo enrojecimiento y hematoma de carácter menos grave atendido la calidad de la víctima y circunstancias del hecho".

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