Casi un tercio de los autos nuevos no tiene neumático de repuesto
<p>La Asociación Automovilística de Estados Unidos (AAA), después de realizar una investigación, aseguró que casi un tercio de los autos nuevos, que se venden actualmente en su mercado, no incluye una rueda de repuesto en su equipamiento. Específicamente, la cifra corresponde a un 28% de automóviles que no incluye el remplazo, cantidad muy diferente al […]</p>
La Asociación Automovilística de Estados Unidos (AAA), después de realizar una investigación, aseguró que casi un tercio de los autos nuevos, que se venden actualmente en su mercado, no incluye una rueda de repuesto en su equipamiento.
Específicamente, la cifra corresponde a un 28% de automóviles que no incluye el remplazo, cantidad muy diferente al 5% que se registraba durante 2006. Si bien el estudio se desarrolló en Estados Unidos, desde la organización aseguran que los resultados perfectamente se pueden aplicar al resto del mundo
John Nielsen, director general de ingeniería y reparación automotriz de AAA, dijo que "tener un pinchazo puede ser una molestia para los conductores, pero no tener una rueda de repuesto podría ponerlos en una situación aún más agravante".
Los motivos por los que los fabricantes de automóviles no están incluyendo el neumático de repuesto son varios. En primer lugar, las marcas tratan de reducir el peso del vehículo, para así disminuir el gasto en combustible. Otra de las razones es el espacio, ya que muchas veces el hecho de incluir ese elemento significa que ceder espacio en la capacidad del maletero.
Ante estos problemas, las empresas han buscado diferentes soluciones, por ejemplo los neumáticos Run Flat o "antipinchazos". Estos tienen la capacidad de seguir funcionando, por 80 kilómetros aproximadamente, después de que la rueda haya sufrido algún daño durante el camino.
En Chile, la exugencia del neumático de repuesto se ha ido adaptando a las nuevas tecnologías, de hecho, según se indica en el decreto 22 de la Ley de Tránsito, &"la rueda de repuesto a que se refiere el artículo 79 número 8 de la ley Nº 18.290 de Tránsito, no será exigible a aquellos vehículos que de fábrica cuenten con un sistema alternativo al cambio de ruedas, que ofrezca suficientes garantías para la continuidad en la conducción y movilidad del vehículo. El sistema alternativo deberá ser acreditado ante el Centro de Control y Certificación Vehicular (3CV) del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones y formará parte del proceso de homologación del vehículo&".
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