“Su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad”: Juzgado fija prisión preventiva para exdirector general de la PDI Héctor Espinosa

Héctor Espinosa, exdirector general de la PDI. Foto: Agencia Uno.

Exjefe de la policía civil fue formalizado por los delitos de malversación de caudales públicos, falsificación de instrumento público y lavado de activos, tras ser acusado de la apropiación de $ 146 millones de gastos reservados de la institución. La jueza señaló que “se sospecha en forma fundada que estaba destinando fondos públicos de su propia institución a sus arcas personales” y que “su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad”.


“Esta sentenciadora estima que efectivamente su libertad es un peligro para la seguridad de la sociedad y que la prisión preventiva resulta proporcional a la pena que arriesga”.

Esa fue parte de la resolución que entregó este viernes la jueza del Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago Carla Cappello respecto a la medida cautelar ordenada para el exdirector general de la Policía de Investigaciones (PDI) Héctor Ángel Espinosa Valenzuela, quien fue formalizado durante tres jornadas por los delitos de malversación de caudales públicos, falsificación de instrumento público y lavado de activos. Hechos que habrían ocurrido entre junio de 2015 y marzo de 2017.

Además de Espinosa, -quien dejó el cargo en junio de este año, tras cumplir su periodo de seis años a la cabeza de la institución-, el Ministerio Publico formalizó a su cónyuge María Magdalena Neira Cabrera por el delito lavado de activos y al exsubcomisario Eduardo Villablanca, imputado como cómplice de malversación de caudales públicos y autor de lavado de activos.

De acuerdo a lo detallado por el Ministerio Público en la acusación, unos 146 millones de pesos habrían sido desviados en 53 depósitos al exjefe policial y a su esposa entre junio del 2015 y marzo del 2017. 109 millones fueron depositados a cuentas de Espinosa y 37 millones a cuentas de María Magdalena Neira. El exdirector general de la PDI tuvo a su disposición por concepto de gastos reservados más de 1.300 millones de pesos en el periodo.

La jueza acogió todas las solicitudes de medidas cautelares planteadas por la fiscalía, con lo que Neira quedó con arresto domiciliario nocturno y arraigo nacional, y Villablanca con arresto domiciliario total y arraigo nacional.

Villablanca reconoció en su declaración que realizó una serie de depósitos de dinero en efectivo a las cuentas bancarias de Espinosa y Neira. Se trataría de dineros de los gastos reservados de la institución. La jueza de garantía dijo que para tomar la decisión se consideró la colaboración de Villablanca con la investigación y su posición de “jerarquía y subordinación” respecto a Espinosa.

Cappello explicó que los hechos que se le imputan a Espinosa “son delitos graves que por sí solos tienen asignada pena de crimen, sin considerar la reiteración de la conducta, que significa un aumento en la pena, eventualmente”. En ese sentido, justificó la medida de prisión preventiva señalando que “no estamos hablando de un funcionario del departamento de Bienestar de la institución ni tampoco un funcionario de una repartición menor, sino de la máxima autoridad y la máxima autoridad no de cualquier organismo, sino de la institución policial que se atribuye un carácter profesional que según su mandato legal debe investigar los delitos”.

La jueza señaló que “la máxima autoridad de la entidad que debe velar por la prevención delictual, y que debe prevenir que no se cometan actos contra el Estado, se sospecha en forma fundada que estaba destinando fondos públicos de su propia institución al patrimonio personal por montos no menores, sino cercanos a los 150 millones de pesos”.

El tribunal fijó un plazo de cuatro meses de investigación. Espinosa deberá cumplir la medida en la Brigada de Reacción Táctica de la PDI, ubicada en la comuna de Cerrillos.

CDE querellante

En la tercer jornada de audiencia expusieron los querellantes del caso y la defensa de los imputados. En primer lugar habló el abogado del Consejo de Defensa del Estado, Daniel Martorell, que afirmó que la sustracción de dineros de gastos reservados habría sido superior a los 146 millones de pesos que se fijaron en la presentación que hizo el fiscal Eugenio Campos y por una extensión de tiempo mayor.

El abogado del CDE explicó que se consideraron para hacer ese cálculo únicamente depósitos en efectivo superiores a un millón de pesos y que eso corresponde a los 146 millones que “tienen una trazabilidad directa” en un periodo de 21 meses.

“Durante casi dos años existieron depósitos de todos los meses por cerca de siete millones de pesos en efectivo”, señaló el profesional, acotando que con esos depósitos Espinosa prácticamente duplicó su sueldo como jefe policial.

Martorell señaló además que consta en la investigación la declaración de un mueblista al que en 2020 le pagaron en efectivo más de dos millones de pesos por una cava de vinos para una de las propiedades de Espinosa y Neira en Las Condes. “Esto está pasando el año 2020, no está pasando en el periodo investigado”, insistió.

La defensa de Espinosa

Luego, Juan Urrutia, uno de los abogados que representa al exjefe de la policía, entregó sus argumentos, criticando la investigación de la fiscalía.

“Para poder acreditar el lavado de activos, en primer lugar se debe acreditar el origen ilícito, es decir se debe acreditar el delito precedente, el delito base. Si la prueba que tiene el Ministerio Público sobre el delito base es débil, difícilmente puede sostener el lavado de activos”, dijo el legista.

En ese sentido, agregó: “Respecto del origen ilícito, es el punto de partida que se exige para acreditar el delito de lavados de activos y es precisamente la primera gran deficiencia en la investigación que ha realizado el Ministerio Público. No ha podido presentar prueba de cargo que acredite el origen ilícito de estos fondos”.

Más tarde, ya en las réplicas finales, el abogado Luis Hermosilla señaló que “aquí se están usando las normas y se están acomodando los hechos para obtener un resultado que justifiquen en sí mismo, y eso es inconstitucional. Es inconstitucional intentar una sanción anticipada sobre la base de decretar y obtener una prisión preventiva que nunca es obligatoria, menos aún para un caso en el cual es absolutamente imposible la reiteración del delito”.

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