Se cae la mutualización: TC acoge requerimiento de senadores oficialistas por Ley Corta de Isapres

tribunal constitucional

En un fallo dividido, la magistratura acogió el requerimiento presentado por parlamentarios y respaldado por el Gobierno. Presentación fue hecha tras la aprobación en la Cámara Alta de una indicación del proyecto que permitiría la rebaja de la deuda de las aseguradoras privadas a US$ 451 millones.


El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) acogió por seis votos a favor y cuatro en contra el requerimiento que semanas atrás hizo un grupo de senadores oficialistas respecto a la Ley Corta de Isapres.

Los legisladores buscaban dejar sin efecto la mutualización, mecanismo que hasta hoy estaba plasmado en la redacción del proyecto que llegó a la Cámara de Diputados y que busca compartir costos y riesgos, lo que tal como está reduciría el cálculo de la deuda de las aseguradoras a US$ 451 millones, menos de la mitad de lo que ha aproximado la Superintendencia de Salud.

El 2 de febrero un grupo los senadores oficialistas; Juan Luis Castro (PS), Daniel Núñez (PC), Claudia Pascual (PC) y Juan Ignacio Latorre (RD) llegaron hasta el TC para ingresar el requerimiento y el 12 de marzo el Tribunal Constitucional lo admitió a trámite.

Los parlamentarios de los partidos de gobierno acusaron que la fórmula planteada constituía un “perdonazo” a las isapres y acudieron al TC tras recopilar 17 firmas de senadores oficialistas y de la DC.

La noche del domingo, en tanto, el gobierno finalmente formuló observaciones, se hizo parte y solicitó alegatos en el marco del proceso.

Las implicancias

A comienzos de febrero, un grupo de senadores recurrió hasta el TC para que este declare inconstitucional lo aprobado en la Cámara Alta respecto a la Ley Corta de Isapres. Ante este tribunal recurrieron los senadores Castro, Latorre, Núñez y Pascual.

A grandes rasgos, los senadores, quienes acusaron que esto correspondía a un “perdonazo” a las isapres, sostenían que la mutualización era un concepto de seguridad social por lo cual requería una votación de quórum calificado y no simple como finalmente se aprobó.

Lo segundo planteado por los parlamentarios correspondía a que el incluir una iniciativa de este tipo era una facultad exclusiva del Presidente y que no podía ingresarse como una indicación de los senadores.

En ese sentido, el abogado constitucionalista Tomás Jordán explica que el fallo del TC “cuestiona quién podía presentar la indicación”, por lo que lo que hace el tribunal “es resguardar las facultades del Presidente de la República”. Lo anterior, al acoger la tesis de los senadores en ambos sentidos.

Sin embargo, añade Jordán, los ministros del TC en este fallo no están resolviendo el fondo respecto de la inconstitucionalidad de la mutualización, sino cómo esta fue introducida en la ley.

Comenta

Por favor, inicia sesión en La Tercera para acceder a los comentarios.