Tras fallo de la Suprema, inmobiliaria insiste en que “capricho” de alcalde Jadue ha impedido ocupar polémico edificio en Recoleta

Dirigentes y parlamentarios Partido Comunista presentaron el  “Manifiesto al pueblo de Chile y a los pueblos del Mundo, a 50 años del golpe fascista”.
Alcalde de Recoleta, Daniel Jadue. Foto: Francisco Paredes/ Agencia Uno.

El máximo tribunal anuló el dictamen del jefe comunal que ordenaba la demolición del Complejo Armónico Bellavista, pero determinó que la recepción final de la obra no puede ser concedida sin la habilitación de una rampa vehicular. Jadue insistió: "Edificio no podrá ocuparse". El abogado de la firma acusa al alcalde de haberse negado a autorizar la rampa.


Aunque Inmobiliaria Bellavista y el alcalde de Recoleta, Daniel Jadue, llevan años enfrentados en tribunales, la polémica vinculada al Conjunto Armónico Bellavista parece estar lejos de encontrar un punto final.

Esto, porque a pesar de que el viernes 5 de enero la Corte Suprema determinó anular el decreto alcaldicio que ordenaba la demolición del edificio ubicado en Dardignac n° 44 -firmado en 2019 por el militante comunista-, también rechazó el reclamo de ilegalidad de la inmobiliaria por la no recepción del inmueble por parte del municipio.

El considerando vigésimo segundo del dictamen de la Tercera Sala del máximo tribunal indica: “La recepción definitiva parcial de las obras del edificio no puede ser concedida, al no haberse ejecutado todas las medidas de mitigación ordenadas en el EISTU del proyecto, carencia que implica un riesgo para el interés público subyacente vinculado con el expedito tránsito vehicular por las vías circundantes al complejo”.

Aquella decisión del tribunal llevó a Jadue a celebrar el dictamen. “La Corte reafirmó que actuamos apegados a la ley al no recepcionar este proyecto que incumple la normativa. Deja sin efecto la demolición, pero edificio no podrá ocuparse. Prominentes compradores deben denunciar a estos estafadores”, publicó en su cuenta de X.

Sin embargo, según la inmobiliaria, esa interpretación no es más que parte de los “caprichos” que ha esbozado el alcalde Jadue para impedir que los inmuebles sean ocupados.

El abogado de la empresa, Christian Espejo, dijo a La Tercera que las obras de mitigación a las que alude el fallo de la Suprema, consistentes en una rampa de acceso vehicular, ya fueron ejecutadas y visadas por las autoridades pertinentes, aunque no por el jefe comunal.

“La rampa fue autorizada por la Seremi de Transportes y obviamente cumple con todos los requisitos de la ley. Fue una obra de mitigación que fue aceptada y que entró en funcionamiento el año 2008. Estuvo operativa hasta el 2012, cuando asume el alcalde Jadue, pero fue él mismo quien dejó sin efecto su decreto de autorización”, explicó el profesional.

En los mismo términos, agregó que simplemente se están enfrentando a una postura que les impide avanzar, a juicio de ellos, de manera injustificada.

Es el capricho del alcalde, por su contumacia en contra del proyecto, lo que deja sin efecto la autorización de la rampa. Era una solución vial, pero vemos una actitud caprichosa del alcalde, que es quien tiene la facultad. No se ha querido sumar al EISTU (Estudio de Impacto sobre el Sistema de Transporte Urbano) del proyecto, aunque este fue aprobado por la Seremi Metropolitana de Transportes. Esto no habla de una autoridad coherente ni razonable”, postuló el profesional.

Dada la actitud que ha mantenido el alcalde, como indican desde la inmobiliaria, ven poco probable que en el corto plazo dé el visto bueno a las obras que permitirían la recepción del Complejo Armónico Bellavista, y creen, según manifestaron, que se buscará dilatar el proceso lo más posible.

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