Tribunal Electoral de O’Higgins remueve a alcalde de Rancagua Juan Ramón Godoy

Rancagua, 9 de abril de 2024 Formalizacion de Alcalde Rancagua Juan Ramon Godoy En la foto el Alcalde Godoy ingresa a Tribunal de Rancagua Jorge Loyola/Aton Chile
Juan Ramón Godoy. Foto: Jorge Loyola / Aton Chile.

Jefe comunal fue formalizado por delitos de corrupción en abril.


El Tribunal Electoral de O’Higgins acordó acoger un requerimiento de concejales de Rancagua en contra del alcalde Juan Ramón Godoy, por contravención grave a las normas sobre probidad administrativa y notable abandono de sus deberes.

El requerimiento fue interpuesto por Valentina Cáceres, María Orueta, Hugo Guzmán y Emerson Avendaño.

Godoy fue formalizado en abril por delitos de fraude al fisco, malversación de fondos públicos, cohecho y soborno. Según aseguró la Fiscalía de O’Higgins, en la audiencia en que se fijó la prisión preventiva de Godoy, serían $2.300 millones los defraudados por la autoridad.

En la causa también están siendo indagados cuatro empresarios de la región -Javier Ignacio Cornejo Diez de Medina, Diego David Barba, Carlos Rodríguez Cajas y Daniel Salazar González-, que habrían prestado servicios para el jefe comunal bajo condiciones, presuntamente, irregulares.

Inhabilitado para cargos públicos por cinco años

En su resolución de este 11 de junio, el TER de O’Higgins indica que una vez que se encuentre ejecutoriada la sentencia, “Juan Ramón Godoy Muñoz, quedará removido de su cargo, e inhabilitado de ejercer cualquier cargo público por el término de cinco años”.

Una vez removido de su cargo, se procederá a nombrar a su reemplazante en conformidad a la ley.

Cuando Godoy quedó en prisión preventiva, el concejal Emerson Avendaño (ind.-FA) asumió como alcalde suplente.

Además, la resolución señala que tan pronto sea notificada la sentencia, el alcalde quedará suspendido de su cargo.

La sentencia pronunciada por el TER de O’Higgins fue acordada por su presidente titular ministro Jorge Fernández Stevenson y los abogados miembros Bernarda Jeannette Soto Farías y Carlos Alberto Carrasco García. Autoriza el secretario relator Flavio González Camus.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.