Allanamiento y secreto profesional
Señor director:
El secreto profesional no sólo está referido a los sacerdotes, abogados, sino también a otros profesionales del área de la salud y, muy en particular, a los psicólogos, que recibimos los secretos más profundos del alma humana y con un juramento tácito de no divulgarlos.
En más de una ocasión hemos sido citados por la magistratura y se nos ha respetado siempre la información confidencial que hemos recibido de nuestros pacientes.
Nuestra obligación profesional tiene las excepciones en el caso de conocer ilícitos a ser ejecutados (Vgr: asesinatos, pedofilia, etc.).
Al solicitarnos pericias judiciales forenses en dichos casos, no rige el secreto profesional, porque requerimos de toda la información que nos proporcione el sujeto de estudio para emitir nuestro informe pericial forense, acorde a la solicitud específica de los tribunales.
Giorgio Agostini Visentini
Presidente Peritos Judiciales Forenses de Chile
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