Ley sobre control de armas

Señor director:
La diputada Cristi, como coautora de un proyecto de ley sobre control de armas, aboga por apurar al Senado para su promulgación.
Lo que puede ser razonable en un país como Estados Unidos, en que los ciudadanos tienen libre acceso a armamento del más grueso calibre y sofisticación, no lo es para Chile.
En efecto, en nuestro país está permitida la compra, bastante controlada, de armas cortas y de caza, mientras que se encuentra prohibida la compra y venta de armamento de guerra.
Por otra parte, la ley califica como eximente provocar una muerte cuando ésta ocurre al ejercerse la legítima defensa. Si la diputada quita al ciudadano el elemento para defenderse, haría imposible aquella legítima defensa. Además, cuando una ley prohíbe poseer, tener o portar armas de fuego, lo que se está haciendo es dejar en la indefensión a la persona respetuosa de la ley, ya que los delincuentes, por definición, no la acatan y continuarán asesinando a gente desarmada.
La ley no es otra cosa que criterio escrito y no parece muy atinado, cuando la criminalidad campea, desproteger a los ciudadanos. No se debe olvidar que nuestra Constitución consagra el derecho a la seguridad de las personas, y si el Estado, por las razones que sea, no está salvaguardando debidamente ese derecho, el ciudadano deberá protegerse a sí mismo y ser amparado por la ley.
Afortunadamente, el asunto no es prioritario para nuestros senadores. El asesino, como el suicida, siempre encontrará la forma de llevar adelante el atentado programado y no, por dificultarle su acción, se debe coartar el derecho a la defensa personal.
Patricio Mackenna Salas
COMENTARIOS
Para comentar este artículo debes ser suscriptor.
Lo Último
Lo más leído
1.
2.
4.