Histórico

Lobos marinos

Señor director:
A propósito de la nota publicada en este medio: "Gobierno autoriza captura de lobos marinos en la X Región pese a prohibición", las disposiciones legales vigentes para la conservación del lobo marino común se basan, principalmente, en la regulación de la extracción de la especie. Con este propósito, se fijó un período de veda de cinco años, a partir del 2004, la que puede suspenderse temporalmente si es que se demuestra existencia de excedentes productivos.
La normativa define una excepción a la veda, en el sentido de permitir la captura limitada de ejemplares vivos para su mantención en cautiverio, siempre que sea efectuada con el objeto de mantenerlos en centros de exhibición pública no itinerantes que tengan domicilio en el país o en el extranjero. Para ello se exige la autorización de la Subsecretaría de Pesca, que plantea requisitos de captura, transporte y mantención de ejemplares, para asegurar el bienestar de los animales.
Teniendo en cuenta la norma, se autorizó la captura de 200 ejemplares de lobo marino en la Región de Los Lagos, destinados a zoológicos o centros de exhibición pública localizados en el extranjero, utilizándose la información de los censos poblacionales realizados en la zona en los años 1998 y 2007, que indican un crecimiento de 14.000  ejemplares de la especie durante una década. Por tanto, la magnitud de la captura autorizada es inferior a los excedentes productivos de la población.
Jorge Chocair Santibáñez
Subsecretario de Pesca

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