Penas de cárcel arriesgarían quienes den un domicilio falso para eludir obligaciones legales

Multas superiores a $ 1 millón y penas de hasta cinco años de cárcel podrían arriesgar quienes señalen un domicilio falso para eludir sus compromisos contractuales o económicos, señala un proyecto de ley presentado por un grupo de senadores.
La moción incorpora esta conducta en el Código Penal como un nuevo delito sancionado con penas de presidio menor en sus diferentes grados.
Así, serán sancionados con penas de presidio menor en sus grados medio a máximo, es decir de 541 días a 5 años, y multas de 11 a 15 UTM (de $402.600 a $549.00, aproximadamente), si el monto defraudado excede las 40 UTM.
Si el monto defraudado excede las 4 UTM y no supera las 40 UTM, los culpables podrán ser sancionados con presidio menor en su grado medio, es decir entre 541 días a tres años de cárcel, y multas de entre 6 y 10 UTM ($219.600 a $366.000).
En tanto, arriesgarán presidio menor en su grado mínimo, de 61 días a 540 días, y multas de 5 UTM ($183.000 aproximadamente), si el monto defraudado excede 1 UTM y no supera las 4 UTM.
Si el valor de lo defraudado excede las 400 UTM, se aplicará la pena de presidio menor en su grado máximo, 3 años y un día a cinco años, y una multa que podrá fluctuar entre las 21 y las 30 UTM, es decir entre $768.000 a $1.098.000 aproximadamente.
El proyecto fue presentado por los senadores Baldo Prokurica, José García Ruminot, José Antonio Gómez, Carlos Kuschel y Pablo Longueira.
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