Año sabático y caso de Elisa Loncon
SEÑOR DIRECTOR:
La Ley 21.091 sobre educación superior señala que es deber de las universidades cultivar las ciencias, humanidades o las artes, contribuyendo al desarrollo del país, a través de la docencia, la investigación o la vinculación con el medio. En el uso de su autonomía, cada universidad define mecanismos para cumplir con excelencia este mandato. Uno de ellos es el “año sabático”, definido en reglamentos, que establecen requisitos, modalidades, compromisos, sistemas de evaluación, o los productos que se convierten en medios de verificación.
Quienes desarrollamos una carrera académica estamos sometidas/os a reglas claras y objetivas, así como a criterios y estándares que definen nuestra permanencia en estas instituciones. Un año sabático es un derecho que se ejerce con obligaciones claras, y al que podemos acceder si cumplimos los requisitos.
La exposición que ha sufrido la académica Elisa Loncon por su año sabático, el trato que ha recibido en algunos medios de comunicación y redes sociales, no solo demuestran el desconocimiento por la labor académica y sus reglas, sino que da cuenta de un racismo que duele. La academia, el acceso al conocimiento, han sido espacios vedados para mujeres y pueblos indígenas por siglos. Hoy lo componemos mujeres indígenas académicas, que contribuimos al desarrollo de este país desde nuestras agendas investigativas, de docencia y de vinculación con el medio. Y lo seguiremos haciendo, porque creemos en una mejor sociedad.
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Verónica Figueroa Huencho
Profesora titular
Facultad de Gobierno, U. de Chile
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