Opinión

Certeza y legitimidad en la implementación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP)

En Chile se ha evidenciado un avance significativo hacia una convivencia armónica entre el desarrollo económico y la protección del medioambiente. Muchas industrias operan de manera responsable, respetando las regulaciones existentes y cumpliendo con los compromisos ambientales establecidos. Este escenario sugiere que sí es posible alinear intereses económicos con la conservación de la biodiversidad.

Sin embargo, la reciente implementación de la Ley N°21.600 plantea interrogantes serias sobre la efectividad y legitimidad de nuestras políticas ambientales. En este contexto, la declaración de Sitios Prioritarios (SP) se presenta como un acto descuidado del Ministerio del Medio Ambiente (MMA), que no solo genera un antagonismo innecesario con la propiedad privada, sino que también socava las iniciativas productivas que son vitales para el bienestar de nuestras localidades.

Uno de los principales problemas radica en la transición de una política pública no vinculante a una regulación con efectos jurídicos estrictos, que puede afectar directamente la propiedad privada y las actividades económicas. Históricamente, los SP para la conservación de la biodiversidad no tenían consecuencias legales concretas para los propietarios de terrenos, más allá de la potencial necesidad de generar estudios de impacto, permitiendo un equilibrio relativo entre desarrollo y conservación.

Sin embargo, la reciente homologación de estos espacios bajo la Ley N°21.600, que otorga a estos sitios un carácter regulatorio severo, ha generado inquietudes sobre su implementación y los impactos económicos que pueden surgir, lo que se ha manifestado fuertemente por diversos gremios y sectores.

La falta de un reglamento que defina claramente los criterios técnico-científicos para la categorización de los SP es verdaderamente alarmante. La actual metodología, basada en una resolución exenta y consultas todavía en desarrollo, corre el riesgo de generar incertidumbre y deslegitimar al Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP), institución que pretende ser el pilar de la protección ambiental en nuestro país. Este vacío regulatorio no solo afecta a quienes buscan implementar proyectos productivos, sino que también puede desencadenar una oleada de conflictos locales y judicialización que obstaculizarían el progreso y la inversión en el país, cruciales para la creación de empleo y bienestar social.

Es necesario que el Ministerio del Medio Ambiente adopte una visión integral, que considere las realidades territoriales y las vocaciones productivas de cada región. Tal enfoque no solo es necesario desde una óptica técnica, sino que también es un imperativo social. La agricultura, la minería y otras industrias contribuyen significativamente a la economía de diversas localidades y, al ignorar sus necesidades durante la definición de los límites de los SP, la administración pública arriesga no solo la inversión, sino también el progreso social de estas comunidades.

El diseño de una agenda proinversión es más necesario que nunca. La armonía entre el crecimiento económico y la conservación ambiental no solo es deseable, sino posible. Chile ha demostrado que es factible llevar a cabo actividades industriales bajo los más altos estándares de sostenibilidad. Para lograr esto, el MMA debe actuar con responsabilidad y evitar el antagonismo innecesario entre la protección de la biodiversidad y el desarrollo industrial.

El MMA tiene el deber de dictar un reglamento que otorgue certeza jurídica y legitimidad a esta nueva institucionalidad ambiental. Definiendo en este metodologías y procedimientos técnicos basados en datos, que incluyan indicadores, parámetros de referencia y mecanismos de validación que aseguren objetividad y trazabilidad. Solo así se podrán garantizar la transparencia y consistencia necesarias, de manera que se cumpla el debido proceso y eviten impactos negativos de carácter socioeconómico en nuestro país.

*La autora de la columna es consejera de Sofofa

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