Claridad en el voto obligatorio
Hoy, la Sala de la Cámara de Diputados discutirá, ya en tercer trámite, el proyecto de ley que busca sancionar a quienes no voten en las elecciones. Sin duda, la tramitación de este proyecto ha sido compleja y no exenta de polémicas. A menos de dos meses de la elección presidencial, los intereses electorales en juego parecen pesar más que el respeto a las normas y a la Constitución, evidenciando los riesgos de legislar con calculadora en mano.
En diciembre de 2022 fue el mismo Congreso el que, mediante una reforma constitucional, repuso el carácter obligatorio del voto, estableciendo además que “una ley orgánica constitucional fijará las multas o sanciones que se aplicarán por el incumplimiento de este deber, los electores que estarán exentos de ellas y el procedimiento para su determinación”. Pese a ello, y al igual que como ocurrió con la elección del año pasado, ad portas de la elección de noviembre, no existe claridad respecto a si habrá multa por no votar, de su cuantía, ni sobre los sujetos a quienes aplicará. La diferencia es que en esta ocasión no se trata de una norma transitoria, sino que se está legislando con efectos permanentes, a fin de cumplir con el mandato constitucional de implementar el voto obligatorio.
Recordemos que la Cámara de Diputados aprobó el proyecto sin multa, pero el Senado la reincorporó, fijándola entre 0,5 y 1,5 UTM (unos $35.000 a $103.000). Es de esperar que hoy la Cámara revierta su actuar y apoye la sanción, pues sin ella el voto obligatorio se vuelve voluntario. Además, si no se aprueba ahora, deberá conformarse una comisión mixta, lo que alargará aún más la discusión contra reloj.
Por otro lado, este proyecto requiere ser revisado también por el Tribunal Constitucional, donde seguramente la definición de que la multa aplica a los ciudadanos (y no a los extranjeros) será especialmente examinada. La Constitución establece que “el sufragio será obligatorio para los electores en todas las elecciones y plebiscitos”, y según la Ley de Votaciones Populares y Escrutinios, son electores los ciudadanos con derecho a sufragio y los extranjeros que figuren en el padrón electoral. Por tanto, y pese a las intenciones del Ejecutivo y de algunos parlamentarios de excluir a los extranjeros de la multa, es una cuestión que, en último término, dependerá de lo que dictamine el Tribunal Constitucional. Con todo, habrá que ver también qué rumbo toma la reforma constitucional del gobierno, ya aprobada por el Senado, que busca modificar los requisitos exigidos a los extranjeros para votar. Ello, especialmente por el artículo transitorio que dispone su entrada en vigencia para el 2026, pero indica que, previo a ello, la ley aplicará multas por no votar a los ciudadanos.
Es preocupante que a la fecha no haya claridad en las reglas, pues resulta evidente que mientras más cerca se está de la elección, algunos legisladores se vean tentados a privilegiar la conveniencia electoral por sobre las normas que habilitan la democracia.
Por Pilar Hazbun, coordinadora del Asuntos Jurídicos y Legislativos de Libertad y Desarrollo
Lo último
Lo más leído
1.
2.
3.
4.
6.
Promoción 75 aniversario: suscríbete hasta el 2 de octubre y participa del sorteo por 2 pasajes a B.Aires ✈️
Plan digital + LT Beneficios$1.300/mes SUSCRÍBETE