CMF y transparencia en mercado de valores

Acciones de Latam Airlines reacionan con fuerte alza tras sorpresiva propuesta de financiamiento

Resultan discutibles las razones que ha esgrimido el regulador para no consentir en convocar a una junta extraordinaria de Latam, considerando la asimetría de información que existe entre los accionistas.



El disruptivo escenario actual ha traído el desplome de sectores o profundas reestructuraciones. En este contexto, las autoridades que regulan y fiscalizan al mercado financiero deben velar por que en momentos de marcadas turbulencias y violentas caídas en el precio de los activos todos los actores tengan igual acceso a la información y la crisis no se transforme en oportunidades solo para algunos, tal que perjudiquen a grupos específicos o que las pérdidas no sean asumidas por todos en forma simétrica.

El proceso que mantiene a Latam Airlines acogida al capítulo 11 de la Ley de Quiebras en Estados Unidos ha abierto una serie de dudas para algunos accionistas, entre los que se encuentran los inversionistas institucionales. Estos accionistas minoritarios han buscado acceder a información clave para la toma de decisiones, solicitando al controlador aparente de la aerolínea la convocatoria a una junta extraordinaria de accionistas con el fin de que la compañía entregue a todos los incumbentes detalles del proceso.

Uno de ellos -la AFP Capital- recurrió a la Comisión del Mercado Financiero (CMF) para que determinara la necesidad de convocar la junta extraordinaria; sin embargo, y para sorpresa de los recurrentes, la CMF emitió un dictamen rechazando la solicitud. En opinión del organismo “esta Comisión estima que no habría circunstancias suficientes para que esta Comisión, conforme al numeral 4) del artículo 58 de la Ley sobre Sociedades Anónimas, requiera al directorio de Latam que cite a junta extraordinaria de accionistas”, entre otras razones porque a juicio de la CMF, Latam no cuenta con accionistas que posean al menos el 25% del capital con derecho a voto. En su resolución señaló que “la Sociedad indicó que no existe acuerdo de actuación conjunta de accionistas que llegue a dicho umbral. En consecuencia, considerando los antecedentes con los que, a la fecha, dispone esta Comisión, es posible señalar que Latam Airlines Group S.A. no posee controlador”.

Aun cuando la información recabada por la CMF en relación a una eventual ausencia de acuerdo de actuación conjunta entre los accionistas mayoritarios puede ser plausible, la CMF debería procurar ser más proactiva, ya que la misma institución tiene como objetivo estratégico “disminuir la asimetría de información para la toma de decisiones”. Por lo demás, la ausencia de un controlador no implica que no se pueda solicitar que la empresa llame a una junta para informar a todos sus accionistas, en especial cuando un grupo de ellos está claramente involucrado en la administración y en las negociaciones para reestructurar la compañía. De allí que, aun cuando no haya un controlador, es evidente que existen asimetrías de información.

La falta de acceso a información oportuna denunciada por los minoritarios debe ser argumento suficiente que motive a la autoridad a buscar los instrumentos disponibles para reducir este desequilibrio y actuar en favor de la mayor transparencia posible en el mercado. Es en ese orden de cosas que también llama profundamente la atención que el regulador siga consintiendo que continúe la transacción de títulos accionarios de la aerolínea, pues dichas operaciones no responden al valor de la empresa, sino fundamentalmente a motivaciones especulativas, las que se llevan a cabo con asimetrías de información.

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