Columna de Clarisa Hardy: El costo fiscal de no tener una nueva Constitución



Días atrás se conoció un estudio con estimaciones del costo fiscal directo de la propuesta de Constitución, de entre 8,9 y 14,2 puntos del PIB. Tres reflexiones llevan a preguntarse cuál sería el costo fiscal de no contar con una nueva Constitución (NC).

La primera, recordar que la reforma constitucional que habilitó este proceso estableció que sería a partir de una página en blanco, excepto que deberían reconocerse los tratados suscritos por el Estado chileno. Entre estos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que es determinante por su incorporación en los contenidos del actual texto a ser plebiscitado y que ha llevado al estudio mencionado de costo fiscal.

Dicho Pacto consagra en su artículo 2 el principio de “realización progresiva”. Es decir, asumiendo las limitaciones de recursos de los estados y reconociendo entonces que difícilmente hay derechos cuya realización plena pueda lograrse en un corto período, se establece que no se puede retroceder en derechos y que su gradual progresividad debe ser la base que oriente decisiones legislativas y de recursos fiscales hasta el máximo posible.

Este Pacto es adoptado como contenido central en la propuesta de Constitución. Así, si hasta ahora el criterio imperante es que los recursos fiscales determinan la vigencia y progresión de los derechos, con el nuevo texto es a la inversa, y son la vigencia y progresión de derechos los que deben orientar las decisiones fiscales.

Una segunda reflexión es el criterio para estimar el costo fiscal de los derechos. El premio Nobel de Economía James Heckman demostró que por cada US$ 1 invertido en la primera infancia hay retornos de hasta US$17, evitando gastos posteriores en programas remediales de salud, cárceles, policías y sistema judicial. Otro tanto debería estudiarse para distintas etapas del ciclo de vida. Desproteger derechos sin inversiones sociales adecuadas y oportunas implica costos fiscales posteriores mucho más onerosos. Muestra de ello, son los altos costos en salud y cuidados por dependencia evitable en la vejez o las inamovibles cifras de niños, niñas y adolescentes que anualmente pasan por las redes del Sename, muchos de ellos infractores de ley, por no haber invertido previamente en sus derechos.

Por último, para quienes argumentan que sin crecimiento no se pueden financiar derechos, el texto propuesto responde promoviendo la cohesión social como el principal motor del desarrollo. Como ejemplo, la igualdad de género atraviesa de manera transversal las normas de la propuesta de NC. Según datos de ONU Mujeres para América Latina y El Caribe, si se superaran las actuales brechas de género en el mercado laboral de la región, se podría aumentar el PIB per cápita en 14%. Si este análisis lo hacemos para la realidad chilena -citando un estudio de Clapes UC- se concluye que “cada punto de mayor participación laboral femenina se traduce en un aumento de 0,5% del PIB”. Es decir, desarrollo económico se conjuga en femenino y eso pasa por más derechos y no discriminación.

Comenta

Los comentarios en esta sección son exclusivos para suscriptores. Suscríbete aquí.