Columna de Miriam Henríquez: Se honró la palabra empeñada con la paridad

12 Diciembre 2022 Acuerdo Constitucional Foto: Andres Perez 12 Diciembre 2022 Acuerdo Constitucional. El Presidente del Senado, Alvaro Elizalde, y de la camara de Diputados, Vlado Mirosevic, y representantes de los partidos politicos, realizaron la firma del nuevo acuerdo para redactar una nueva constitucion para el pais en el excongreso. Foto: Andres Perez


El rechazo al pasado proceso constituyente y al texto propuesto dejó una serie de enseñanzas, algunas de las cuales fueron recogidas en el Acuerdo por Chile y materializadas en el diseño del proyecto de reforma constitucional que habilita un nuevo proceso constituyente, en actual tramitación.

No todas las lecciones que nos legó la experiencia fueron negativas. Destaca como una positiva la integración paritaria del órgano constituyente. De hecho, tras el 4 de septiembre, tempranamente varios actores políticos anticiparon que, de haber un nuevo ciclo de cambio constitucional, éste debía asegurar que el órgano constituyente fuese paritario. Este anuncio se honró en el acuerdo y está plasmado en el proyecto de reforma constitucional. Si bien las agrupaciones de mujeres y feministas se movilizaron en torno a esta demanda, los parlamentarios y partidos políticos eran conscientes de que la paridad debía ser un mínimo indispensable en el diseño que se proyectara.

En el proceso anterior, la Constitución estableció que en caso de ganar en el plebiscito de apertura la opción Convención Constitucional, esta debía ser totalmente electa e integrada equilibradamente por hombres y mujeres. Efectivamente la Convención estuvo conformada por 78 constituyentes hombres y 77 constituyentes mujeres, configurándose en Chile la primera convención paritaria del mundo. Para alcanzar este resultado se diseñó una fórmula que consideró dos momentos: uno previo a la elección que exigió la paridad en las candidaturas; y otro posterior, de la mano de la asignación paritaria de escaños.

Una fórmula semejante -aunque con modificaciones- se ha propuesto para la elección del Consejo Constitucional. En lo que va de la tramitación de la reforma constitucional, se ha definido la paridad en las candidaturas, de modo que las listas deberán señalar el orden de precedencia de los candidatos en la cédula para cada circunscripción senatorial, comenzando por una mujer y alternándose, sucesivamente, éstas con hombres. En cada circunscripción, las listas o pactos electorales deberán declarar siempre un número par de candidatos, integrados por el mismo número de mujeres y hombres. La paridad se asegurará también en el resultado, porque en caso de que no sean electos 25 hombres y 25 mujeres, se deberá realizar una corrección en la lista o pacto electoral menos votada a nivel nacional en la circunscripción senatorial en que dicha lista o pacto electoral haya obtenido la menor votación.

Sin embargo, el diseño en trámite dispone la paridad no solo en el órgano electo, sino también en los órganos técnicos como la Comisión Experta y el Comité Técnico de Admisibilidad. De este modo se reconoce el aporte de las mujeres no solo en el ámbito deliberativo de órganos electos, sino también en el ámbito técnico de aquellos órganos cuyos integrantes son nombrados. Gradualmente se consolida en nuestro país una cultura de democracia paritaria, que busca la realización de la igualdad sustantiva de género, que supone la redistribución del poder estatal e implica una participación equitativa de mujeres y hombres en los distintos espacios de toma de decisiones.

Por Miriam Henríquez

Decana Facultad de Derecho Universidad Alberto Hurtado

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