Columna de Pilar Hazbun: Necesarias correcciones al sistema político
Existe un diagnóstico transversal de que la alta fragmentación de las fuerzas políticas no ha ofrecido niveles sensatos de gobernabilidad. Ello, junto a escasos incentivos de cooperación entre Ejecutivo y Congreso Nacional, ha dificultado que puedan llevarse adelante los programas de gobierno. A diferencia de la propuesta de la ex Convención Constitucional, que sólo agudizaba estos problemas, las normas aprobadas en general por la Comisión Experta que inciden sobre el sistema político constituyen una buena base. Sin embargo, no todas van en la dirección correcta, al tiempo que algunas requieren correcciones. Veamos tres ejemplos.
En materia electoral, la definición de un umbral de un 5% de los votos válidamente emitidos a nivel nacional para acceder al escaño en el Congreso Nacional es una norma bien orientada. Sin embargo, ella debería contemplar algún tipo de excepción para partidos que no alcancen el 5% de los votos, pero sí elijan un número significativo de representantes (6 diputados, por ejemplo), tal como se plantea en algunos países. Además, el requisito del umbral del 5% debería ser únicamente para acceder a la representación en la Cámara de Diputadas y Diputados, pero no así en el Senado, que es la cámara de representación territorial. En todo caso, el desafío de este umbral será no perjudicar a las fuerzas políticas emergentes.
En cuanto a los mecanismos de participación que se incorporarían a la Constitución, especialmente problemática es la iniciativa popular derogatoria de ley. Con el patrocinio de un 3% de los electores habilitados para sufragar, se podrá, dentro de los cuatro meses siguientes de haberse publicado una ley, presentar una iniciativa de derogación total o parcial de dicha ley, para que sea votada mediante referendo. Si bien se establece un examen previo de admisibilidad por la Corte Constitucional, en un contexto político convulsionado, existe el riesgo que esta herramienta sean mal utilizada y capturada por grupos de presión minoritarios organizados, afectando seriamente la certeza jurídica y la estabilidad del país. Es de esperar que en la siguiente fase de discusión se revise con mayor cautela esta propuesta, a fin de no afectar la democracia representativa.
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Finalmente, tratándose de normas destinadas a mejorar la relación Ejecutivo-Legislativo y el proceso de formación de la ley, que en general están bien orientadas, llama la atención aquella que sugiere que los parlamentarios puedan participar de la firma de un mensaje presidencial. ¿Qué ocurriría, por ejemplo, si el Presidente de la República decidiese retirar un proyecto de ley de su iniciativa exclusiva, pero que cuenta con la firma de diez diputados o cinco senadores? ¿Subsistiría dicho proyecto de ley? Este aspecto debiera precisarse.
A la medianoche vence el plazo para la presentación de enmiendas a las normas aprobadas. Si bien el quórum de 3/5 requerido torna difícil que se incorporen cambios muy profundos, es necesario que se corrijan ciertos aspectos que no quedaron bien resueltos. Habrá que ver si los expertos están dispuestos.
Por Pilar Hazbun, coordinadora de Asuntos Jurídicos y Legislativos de LyD
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