Consejo de Justicia e independencia de los jueces
SEÑOR DIRECTOR
El Pleno de la Convención Constitucional aprobó la creación de un Consejo de Justicia, siguiendo un modelo común en la experiencia comparada para contribuir a mejorar la gobernanza y administración del Poder Judicial. No obstante, entre las propuestas que resultaron rechazadas y vuelven a la comisión de origen para su perfeccionamiento, hay algunas que parecen inconvenientes, al menos, en lo que se refiere a la integración de esa entidad y especialmente en lo que refiere a las facultades y atribuciones con las que se le dotaría. La posibilidad de realizar una revisión integral de la labor de tribunales, por un órgano externo no especializado, compuesto por personas que no estarán necesariamente vinculadas al sistema de justicia y en algunos casos sin siquiera poseer el título de abogado, representaría un riesgo latente para nuestra democracia al permitírsele injerir en las decisiones jurisdiccionales de uno de los poderes del Estado.
Si bien es importante valorar iniciativas que apunten a fortalecer la transparencia y evaluación general del sistema de justicia y sus diferentes actores, es consustancial a un sistema de justicia que las sentencias dictadas deban conservarse libres de cualquier clase de influencia externa e interna, de manera que cada jueza y juez del país sea capaz de conocer las causas en su mérito y resolver conforme a Derecho, para garantía de los intervinientes y la ciudadanía en general. Si una entidad de carácter político puede revisar las decisiones de los tribunales de justicia, se afectaría gravemente el concepto mismo de justicia, y representaría un retroceso y amenaza grave para la independencia judicial y la certeza jurídica que requiere toda la sociedad en un estado de derecho.
Luis Alberto Aninat
Abogado consejero
Colegio de Abogados de Chile
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