Constitucionalismo epistémico



Por Yanira Zúñiga, profesora Instituto de Derecho Público Universidad Austral de Chile

La reciente polémica entre la Corte Suprema y la Convención Constitucional es una muestra del delicado equilibrio que la discusión constituyente debe satisfacer: por un lado, respetar y reflejar la voluntad ciudadana, por el otro, fomentar deliberaciones que produzcan plausiblemente soluciones adecuadas.

Los procesos constituyentes descansan en principios democráticos tradicionales, como la igualdad política y la libertad de elección. Por eso, la opinión experta o de un órgano constituido no es superior a la de un/a representante o ciudadano/a sino solo uno más de los insumos a ponderar. En otras palabras, la Constitución encarna la soberanía popular y no la soberanía de los expertos (epistocracia) ni de los órganos constituidos. Pero esto no equivale a sostener que la dimensión epistémica, basada en el conocimiento, sea irrelevante. En una era caracterizada por las llamadas posverdades, los procesos constituyentes debieran comprometerse más con el conocimiento y la evidencia.

El conocimiento sirve para diagnosticar mejor las causas de la corrosión institucional en momentos de crisis y proveer respuestas adecuadas. Volviendo a la polémica antes citada, varios estudios muestran que, pese a las grandes reformas procesales de las últimas décadas (penal, laboral y de familia), la confianza en la judicatura ha caído a niveles preocupantes. Según la cientista política Lisa Hilbink, estas alertas debieran impulsar una agenda de reformas que trascendiera lo formal y se hiciera cargo de las condicionantes culturales del acceso a la justica. La sensibilización de jueces/as respecto de la realidad social de una ciudadanía heterogénea podría favorecer una reorientación de la cultura y del desempeño judiciales, acercándolos a las necesidades de la población más vulnerable. Desde esta perspectiva, las controvertidas iniciativas constituyentes, enfocadas en el desempeño judicial, no parecen del todo absurdas. No cabe duda de que hay brechas de acceso a la justicia y que la desconfianza en ésta cuando se vuelve crónica puede transformarse (si no lo es ya) en un problema mayor.

Pero tener razones para cuestionar el desempeño judicial no implica que todas las soluciones ideadas para mejorarlo (v.g. acortar mandatos o implementar evaluaciones realizadas por comisiones designadas por el Ejecutivo) sean razonables. He aquí el problema y el desafío. Encontrar la solución adecuada. La independencia judicial es, por un lado, clave para controlar el poder y garantizar derechos; y Chile exhibe indicadores muy buenos en la materia. Así, debilitar esta independencia puede ser, a la larga, un muy mal negocio. Pero, por otro lado, parafraseando a los autores de La Ley y la Trampa en América Latina, si la debilidad o fortaleza de una institución se mide a través de la diferencia que ella produce, un Poder Judicial sin ambición, que se concibe a sí mismo preservando simplemente el statu quo corre el riesgo devenir una institución débil.

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