Cuello de botella judicial

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SEÑOR DIRECTOR

Uno de los aspectos menos abordados de la crisis que han provocado las medidas implementadas por el Estado para enfrentar la pandemia, es el funcionamiento de los tribunales de justicia, civiles y arbitrales. Y lo peor está por venir.

Hace un año se promulgó la ley 21.226 que, buscando resguardar los derechos de las personas, estableció una suspensión parcial de los juicios, señalando en su artículo sexto, que mientras dure el estado de excepción constitucional, quedarán suspendidos todos los términos probatorios hasta el décimo día hábil posterior a su levantamiento.

En un principio esta medida se aplaudió como sensata y necesaria, considerando el complejo contexto que vivíamos por la llegada del coronavirus, pero siempre en el entendido de que el estado de excepción constitucional tuviese una duración corta.

Sin embargo, su extendida vigencia ha provocado que en la actualidad se acumulen un enorme número de términos probatorios, lo que provocará un monumental cuello de botella una vez que se reanuden los procesos. Principalmente, porque los receptores judiciales no podrán responder a todos los requerimientos que existirán para notificar resoluciones o citar a testigos, y los jueces se verán abrumados por una montaña de procesos a sentenciar.

Cuando ello ocurra, con certeza resultarán gravemente afectados los derechos de aquellas partes que en algún momento la norma intentó resguardar, tanto por las dificultades para probar sus alegaciones, como por la enorme dilación en el acceso a la tutela judicial.

Es sabido que una justicia que llega tarde no es justicia, y por lo mismo, resulta fundamental que desde ya se otorgue prioridad a este asunto y se tomen las medidas necesarias para responder a la avalancha que se avecina.

Enrique García A.

Abogado Socio Corral&García

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