Debate por regulación laboral en plataformas digitales
Asegurar cierto grado de formalidad, para que existan contribuciones a la seguridad social, parece indispensable, pero debe cuidarse de no caer en sobrerregulaciones que liquiden el potencial laboral que ofrecen estas aplicaciones.

Las aplicaciones que ofrecen servicios de transporte, encomiendas o reparto de alimentos forman parte ya de la vida cotidiana. Lo que comenzó como emprendimientos dirigidos a públicos específicos, se han masificado a tal punto que ya poseen un peso dentro la economía difícil de soslayar. Uber, la compañía probablemente más paradigmática, supera los 4 millones de conductores a nivel global, registrando más de 14 millones de viajes por día.
Gracias a su flexibilidad y a la posibilidad de ir ajustando a cada momento la oferta a las necesidades de los consumidores, estas plataformas abren infinidad de opciones para quienes desean prestar servicios en ellas, constituyendo para muchos una opción ideal para complementar ingresos; para otros, es ya la forma de ganarse la vida -o de haber logrado generar ingresos durante la catástrofe que ha significado la pandemia-, y ciertamente gracias a ellas ha sido posible el desarrollo de miles de Pymes.
Pero este mundo aparentemente ideal también está imponiendo nuevos desafíos a los reguladores, especialmente porque a nivel global está abierto el debate de si quienes prestan servicios a estas plataformas lo hacen en condición de trabajadores independientes -por lo tanto, sin mayores obligaciones laborales para las compañías- o si en realidad existe una vinculación laboral que queda protegida por la legislación. Un exceso de regulación puede terminar por sofocar o limitar severamente las posibilidades de trabajo, pero cuando ya son muchos los que allí se desempeñan, en la medida que no registren cotizaciones para salud, pensión o el pago de impuestos a la larga se genera una carga fiscal que tendrá que ser absorbida por el resto de la sociedad. Todo parece indicar que será necesaria algún tipo de regulación, sin que se liquide el potencial que el mundo digital ofrece.
Alrededor del mundo se pueden encontrar distintas experiencias. El Estado de California (EE.UU.), por ejemplo, aprobó en un referéndum que los conductores seguirán siendo independientes -el regulador estatal había resuelto meses antes que serían considerados como dependientes-, pero a cambio las compañías se obligan a pagar seguros de salud y un salario mínimo, entre otras regalías. Un reciente fallo del alto tribunal en Reino Unido ha remecido el sector, luego de establecer que un grupo de exconductores de Uber sí eran sus empleados y por tanto tenían derecho a exigir el pago de salario mínimo y otras regalías. En Francia se han registrado sentencias similares, mientras que en Chile un reciente fallo reconoció el vínculo laboral entre un repartidor y una de las plataformas, siendo incierto si ello marcará un precedente para futuras contiendas.
En nuestro país el debate de una regulación también ha tomado forma, pero todavía de una forma que no parece reconocer el contexto de flexibilidad que hoy impone el siglo XXI. En el Congreso aún se debate un polémico proyecto para regularizar estas aplicaciones, lo que ha traído fricciones con el gremio de los taxis -que se resiste a la presencia de estos nuevos competidores- y desde luego con las propias plataformas, que han advertido que algunas de las limitaciones que se buscan imponer podrían afectar el desarrollo de estas actividades, perjudicando a los conductores y por cierto a los propios usuarios.
También se tramitan dos proyectos para reconocer los derechos laborales de quienes prestan servicios a las plataformas, una materia donde por ahora no parece haber suficientes acuerdos respecto de cuál sería un justo equilibrio. El gobierno ha manifestado su intención de agregar un capítulo especial en el Código del Trabajo para hacerse cargo de una regulación, donde coexistirían la categoría de dependientes -con los derechos propios de cualquier trabajador, pero con la posibilidad de acceder a jornadas más flexibles-, e independientes, estos últimos con acceso a algún tipo de seguridad social y otros mecanismos de protección.
Cualquiera sea la fórmula que finalmente se adopte, no solo debe procurar armonizar todos los aspectos aquí en juego, sino también servir como base para futuras adaptaciones de nuestra legislación laboral, que sigue muy anclada en lógicas del siglo XX.
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