Derecho a voto

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SEÑOR DIRECTOR

Hace algunos días, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos señaló que impedir el voto de una persona privada de libertad que no ha perdido dicho derecho constituye una vulneración de sus derechos humanos. En la misma línea, recientemente la Corte Suprema chilena indicó que privar del derecho a voto a quienes no lo han perdido, constituye un acto ilegal, y ordenó a Gendarmería de Chile y el Servel velar por el ejercicio de este derecho en los centros penitenciarios. Sin embargo, a pesar de que Gendarmería ha expresado su disposición, el Servel no ha comunicado aún las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.

Nuestro país está en deuda con las personas privadas de libertad. Tal y como reconoció el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, otros estados han adoptado medidas para permitir a las personas privadas de libertad ejercer este derecho, incluyendo que puedan votar en la circunscripción más cercana al lugar donde se encuentra el recinto penitenciario, o permitiendo el voto por delegación o por correspondencia. Las autoridades nacionales, sin embargo, ni siquiera han evaluado estas alternativas.

A pocos días de la segunda vuelta presidencial, el Comité para la Prevención de la Tortura hace un llamado a las autoridades competentes a tomar acciones a la brevedad para frenar esta vulneración de los derechos políticos de la población privada de libertad. Esperamos que esta sea la última elección donde se vulnere este derecho humano básico, que además afecta las bases de una sociedad democrática.

Sebastián Cabezas, Javiera Canessa, Alejandra Díaz, Yamileth Granizo, Francisco Maffioletti y Luis Vial

Expertos del Comité para la Prevención de la Tortura

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