Dos parlamentos



Por Sergio Muñoz Riveros, analista político

La periodista Patricia Politzer, elegida convencional por una lista de independientes, afirmó hace poco: “Sería inconducente que los parlamentarios aprobaran leyes que podrían quedar obsoletas y tuvieran que modificarse apenas se apruebe la nueva Constitución”. O sea, le pidió al Congreso que subordine su función legislativa a las decisiones de la Convención. Solo faltaría que los convencionales hicieran una lista de las materias que los parlamentarios no deben discutir.

Por su parte, el senador Juan Ignacio Latorre, del Frente Amplio, votó en contra del proyecto de integración urbana en la Comisión de Vivienda del Senado, no por desacuerdo con el contenido (compra de nuevos suelos para construir viviendas, regenerar barrios y favorecer la integración social), sino porque la discusión, según él, “debe darse en el proceso constituyente y en un próximo gobierno transformador”. Vale decir, el proyecto puede ser beneficioso, pero hay que esperar que la Convención resuelva y que gobierne el FA.

Los negociadores del 15 de noviembre de 2019 diseñaron un proceso donde coexisten dos parlamentos. Crearon un terreno propicio para la duplicación de funciones, la superposición de poderes y disputa de competencias. Quedará en la historia que hubo un momento en que el Congreso renunció a su potestad constitucional, y que senadores y diputados agacharon la cabeza.

Estamos ante las consecuencias de un injerto a la actual institucionalidad, el que ya está dando lugar a equívocos como el de quienes recomiendan que el Congreso se someta a las directrices de la Convención. Como los resultados de ésta se conocerán recién en 2022, se deduce que habría que ponerse a esperar.

Dentro de cinco meses, mientras esté sesionando la Convención, elegiremos Presidente de la República y Congreso. ¿Qué va a ocurrir si el nuevo mandatario y los nuevos parlamentarios, que asumirán por supuesto con los poderes reconocidos por la actual Constitución, manifiestan reservas o discrepancias con los acuerdos de los convencionales? ¿El Congreso tendrá que guardar silencio? ¿El nuevo Jefe de Estado deberá poner su firma a cualquier texto que se apruebe? ¿Es que el nuevo orden pasará por encima de las autoridades recién elegidas?

Es visible que los responsables no tuvieron conciencia de lo que estaban creando. El artículo 138 de la Constitución señala que el nuevo texto no podrá poner término anticipado al período de las autoridades electas en votación popular, “salvo que aquellas instituciones que integran sean suprimidas u objeto de una modificación sustancial”. Por ejemplo, si se suprime el Senado, los senadores que se elijan en noviembre podrían irse a la casa el próximo año.

No sabemos qué va a pasar en la Convención. Pero el gobierno y el Congreso tienen la obligación de defender sus facultades y resguardar la continuidad institucional.

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