¿A qué intereses sirve la propiedad?
Desde hace 40 años nos dicen que lo especial del sistema de pensiones chileno es que en él los trabajadores son dueños de su ahorro previsional. En esto se diferencia, nos dicen, de otros sistemas previsionales.
La cuestión que hemos planteado es si esto es verdad o es pura propaganda. Porque si lo que los trabajadores tienen sobre sus fondos es propiedad, entonces ese derecho está constitucionalmente protegido. Esa protección se extiende a "las facultades esenciales del dominio", de las que nadie puede ser privado "en caso alguno", salvo por expropiación (art. 19 N° 24).
El sistema de pensiones, sin embargo, priva a los dueños del poder que les da su propiedad. Ese poder es ejercido por otros, en servicio de sus propios intereses. En efecto, hoy los trabajadores chilenos son dueños de cerca de 200 mil millones de dólares. ¿Por qué no pueden usar en su beneficio el poder que les da ser dueños? ¿Por qué, por ejemplo, no pueden decidir que no se invertirán en empresas que tengan prácticas antisindicales? ¿Por qué deben tolerar que recursos que ellos son obligados por ley a pagar a las AFP por una administración no solicitada sean utilizados para pagar fiestas en el Caribe o campañas de publicidad para interferir con el procedimiento legislativo? Y si todo esto es así, ¿por qué una profesora de Antofagasta debe vivir en la pobreza sabiendo que tiene decenas de millones de pesos ahorrados?
Es que el sistema de pensiones no está pensado para proteger los intereses de los trabajadores, sino otros intereses. Para saber cuáles, basta observar quiénes son los que salen, con vulgaridad incluso, en su defensa: no han sido los sindicatos, han sido los empresarios, los banqueros, los gerentes, los ministros. Y lo mismo ocurre con el discurso de la propiedad: su consecuencia más obvia no es que son los trabajadores quienes deben ejercer el poder que les da el ser dueños, sino que son ellos los culpables de sus bajas pensiones.
No estamos defendiendo una comprensión "extrema" de la propiedad, que le niega todo límite: estamos diciendo que privar radicalmente al dueño del poder que la propiedad le da es constitucionalmente injustificable; no estamos ignorando que la propiedad puede ser limitada por la función social: estamos alegando que el sistema de pensiones no es un sistema de seguridad social, por lo que no se basa en dicha "función social", sino solo en una forma notoria de paternalismo que podrá o no ser justificada, pero que es solo eso: paternalismo. No buscamos acabar con el sistema de seguridad social en Chile, buscamos precisamente que en Chile haya un sistema de seguridad social, orientado a asegurar pensiones dignas y no a proveer de liquidez al mercado financiero.
Pero eso, en Chile, parece que es mucho pedir.
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