Libres e iguales
Por Gonzalo Cordero, abogado
Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. Este concepto resume la evolución del pensamiento occidental, es el ideal al que aspira el estado democrático de derecho, es el pilar sobre el que se erige el constitucionalismo; si algo tendríamos que agregar, aunque sea una consecuencia natural de lo mismo, es que a las personas las definen sus actos, la ley asegura nuestra libertad precisamente porque somete nuestra conducta a reglas objetivas y no a la voluntad de algún tercero, ni tampoco a la estirpe propia o ajena.
Nada de esto inspira el proyecto de nueva Constitución que está redactando la Convención, la lógica identitaria permea cada una de sus normas, el derecho al servicio de afirmar las diferencias de género y de etnia, las personas determinadas más por su identidad que por sus actos. Para sus redactores no somos lo que hacemos, aspira a una sociedad en la cual lo que somos está determinado en función del grupo al que pertenecemos. Un proyecto de Constitución que niega la esencia del constitucionalismo, que abandona la igualdad esencial y la sustituye por la diferencia, por una diferencia que es, esencialmente, arbitrio. Eso no es derecho.
En la designación de los jueces deberá respetarse la paridad y éstos en sus resoluciones deberán “resolver con enfoque de género”; es decir, la carrera -la conducta- importa, pero menos que la paridad y en el proceso los hechos están supeditados al “enfoque de género”. Hay quienes sostienen que esto enriquece la justicia, pero lo único que hace es aumentar los ámbitos de subjetividad y la influencia de criterios culturales ambiguos e influidos por corrientes ideológicas. Más activismo judicial, en el mejor de los casos y el prejuicio, superponiéndose al juicio, en la mayoría.
La plurinacionalidad en la función jurisdiccional supone que existe una equivalencia entre los principios de la civilización occidental, en particular de la modernidad en cuanto inspira nuestras instituciones jurídicas y políticas, con las llamadas costumbres ancestrales, al menos genera un área gris de incerteza. Pero eso no es verdad, la visión identitaria del orden social, de las instituciones jurídicas y políticas, es una forma de involución, es renunciar al avance civilizatorio de la igualdad ante la ley. La civilización consiste en superar los privilegios de los órdenes sociales arcaicos, no en reemplazarlos por otros. El indigenismo es la perversión equivalente al colonialismo; así como lo es el feminismo, en la medida que se convierte en la imagen especular del machismo. La justicia no debe tener “perspectiva de género”; más aún, debe prescindir del género, la raza, la etnia o la nacionalidad, debe mirar a los hechos desprovistos de toda consideración subjetiva que se aparte de la norma general, objetiva y abstracta.
Los dos tercios de la Convención resultaron ser un crisol de visiones ideologizadas, extremas y dogmáticas, que están mucho más allá de las diferencias legítimas y valiosas, entre proyectos políticos diversos propios del pluralismo democrático. La Constitución es el pacto jurídico y político que nos debe asegurar que las personas nacen libres e iguales, nada más, pero nada menos. Es hora de decirlo sin complejos y sin importar si somos de derecha o de izquierda.
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