Maternidad castigada
A pesar de que Chile goza de niveles de desarrollo y escolaridad superiores al promedio de la región, tiene una baja participación laboral femenina y una de las brechas salariales de género más altas. A la baja participación laboral se suma la cifra de desempleo femenino, que se ubica en el trimestre abril-junio en 10,4%, 1,7 puntos porcentuales por sobre la masculina (INE 2026). ¿Qué explica estas brechas? La evidencia indica que la principal causa es la maternidad, la que además es castigada por nuestra legislación laboral al asignar el costo de la crianza de forma exclusiva a las madres.
El artículo 203 del Código del Trabajo —que obliga a las empresas con 20 trabajadoras o más a financiar la sala cuna de sus hijos menores de dos años— ha operado por décadas como un verdadero impuesto a la contratación femenina. La evidencia empírica es categórica: esta norma discrimina a las mujeres que trabajan en empresas pequeñas, frena su contratación al llegar al umbral de la empleada número 19 y castiga sus salarios al traspasarles exclusivamente a ellas el costo del beneficio. Así, la ley refuerza los estereotipos de género al establecer que el cuidado de los hijos es una carga única de la madre, marginando al padre de la corresponsabilidad.
El proyecto de ley del Ejecutivo busca poner fin a este castigo. El proyecto no parte de cero, sino que reconoce el camino recorrido recogiendo los consensos logrados en estas dos décadas de discusión. El proyecto de ley desvincula el derecho a sala cuna del sexo de los progenitores y del tamaño de la empresa, estableciendo el acceso a sala cuna como un derecho para todos los hijos menores de dos años de los trabajadores, independientemente de su sexo. Este beneficio se financiará con una reasignación del 0,35% del Seguro de Cesantía, de manera de no encarecer el empleo. Estas medidas son sin duda una buena noticia. Con todo, hay aspectos que deben ser evaluados permanentemente y otros que pueden ser perfeccionados en su último trámite legislativo.
La principal preocupación está en la sostenibilidad del Seguro de Cesantía. El Informe Financiero asegura que este es sostenible en el tiempo, sin embargo, ello exige un monitoreo continuo. La segunda preocupación dice relación con el copago. El proyecto permite que las familias puedan copagar la sala cuna. El copago tiene la gran ventaja de permitir mayor libertad de elección en la sala cuna, pero tiene la eventual desventaja de excluir a algunos niños del beneficio en la medida que no asegura salas cunas gratuitas. Para evitar este problema resulta fundamental que el monto del aporte se ajuste a los precios de la oferta e incluir mecanismos que desincentiven el copago sin prohibirlo, evitando la inflación de precios.
Pero el principal flanco del proyecto es desperdiciar la oportunidad de reparar el trato discriminatorio que tiene el Estado con los niños que asisten a las salas cunas municipales y privadas financiadas vía transferencia de fondos (VTF). El proyecto de ley prohíbe que las instituciones que reciben aportes del Estado puedan recibir el nuevo aporte de sala cuna. Sin embargo, mientras el aporte a sala cuna se calcula en $372 mil pesos mensuales (5,2 UTM), los VTF reciben solo $137 mensuales por niño. ¿Cómo es posible este trato injusto y discriminatorio? Sería deseable indexar el monto por niño de los VTF al aporte de Sala Cuna, pero si esto no es posible dado su alto costo, al menos debiese permitirse que puedan recibir dicho aporte. Por cierto, ello eleva el costo del proyecto, pero se puede financiar elevando la reasignación del Seguro de Cesantía o, en el corto plazo, con cargo al Fisco. Finalmente, si aspiramos a destrabar la inserción laboral femenina y revertir la magra natalidad, el proyecto debiera extender el cuidado hasta los tres años. La sala cuna universal está llegando 20 años tarde, aprovechemos la oportunidad para llegar a tiempo a los desafíos que nos depara el siglo XXI.
Por Sylvia Eyzaguirre, investigadora del CEP
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