Opinión

Nombramiento de notarios y meritocracia

Andres Perez

SEÑOR DIRECTOR:

En los últimos días se ha cuestionado nombramientos de notarios poniéndose en relieve que no son efectuados conforme a la carrera funcionaria, conocimientos y méritos profesionales de las personas designadas.

¿Esto significa necesariamente que las personas nombradas carecen de los méritos para ocupar los cargos?

La respuesta es no.

El problema es otro y radica en que el actual sistema deja un amplio margen a la discrecionalidad: primero, de las cortes de apelaciones para la confección de las ternas; y, luego, del Ministerio de Justicia, para efectuar el nombramiento.

El actual proyecto de ley profundiza los defectos, por ejemplo, al eliminar el filtro de la exigencia de ponderar la carrera funcionaria del postulante y continuar con una fórmula discrecional de nombramientos, esta vez ya no a cargo sólo del ministro de Justicia, sino que de un Consejo que será remunerado con cargo al erario.

La solución es simple, que resulte nombrada en el cargo la persona que gane el concurso público, el cual debe tomar en cuenta la carrera funcionaria, méritos profesionales y puntajes en exámenes de conocimientos, cuya ponderación sea previamente establecida en la ley.

No es suficiente eliminar la participación de las cortes en los concursos por la vía de la confección de ternas. También debería eliminarse el nombramiento por autoridades políticas.

No dejarle espacio a la discrecionalidad puede dejar atrás los cuestionamientos actuales, evitando que resulten nombradas personas solo por ser cercanas a los círculos de poder.

Mauricio Astudillo Pizarro

Profesor de Derecho notarial y Registral

Pontificia Universidad Católica de Chile

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